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Dictan prisión preventiva para "El Patrón" Gallardo

Héctor Argentino Gallardo, un cordobés nacido hace 54 años en San Francisco y conocido por su alias "El Patrón", quedó en prisión preventiva en el marco de una investigación que lo tiene como instigador del homicidio de Carlos Miguel Cabrera, cometido el sábado 23 de abril de 2022 en Frontera. También se le atribuyó la autoría de amenazas reiteradas a la víctima para que salde una supuesta deuda y para que abandone la ciudad mencionada.

La medida cautelar fue dispuesta por el juez de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Gustavo Bumaguin, en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de Rafaela.

El fiscal Martín Castellano, de la Sección Especializada Homicidios, está a cargo de la investigación y solicitó que el imputado transite el proceso judicial privado de su libertad. El magistrado resolvió de manera oral en la audiencia y dispuso la prisión preventiva durante todo el proceso.

A Gallardo, a quien el Gobierno provincial había incluido en la lista de los diez delincuentes más buscados -con una recompensa de $25 millones por datos que ayudasen a su detención-, se lo investiga como instigador del delito de homicidio doloso agravado (por su comisión con arma de fuego) y como autor de amenazas coactivas calificadas (por tener como propósito compeler a una persona a hacer abandono del lugar de residencia habitual).

Castellano relató que “el homicidio de Cabrera fue cometido luego de sucesivas amenazas de muerte que recibió de manera directa por parte del hombre investigado o por intermedio de terceras personas, llevadas a cabo desde 2021 y hasta abril de 2022”.

“En ese período de tiempo, Cabrera fue amenazado de muerte de manera reiterada por parte del hombre de 54 años (o por diferentes personas que eran mandadas por él)”, precisó el fiscal y agregó que “las amenazas tenían como objetivo que le pague una supuesta deuda que mantenía con él y que abandone su lugar de residencia en la ciudad de Frontera y zonas aledañas”.

El fiscal subrayó que “a pesar de generar temor en la víctima, Cabrera no abandonó su casa porque sostenía que no tenía deuda alguna con el imputado”.

“El 23 de abril de 2022, dos sujetos aún no identificados, actuando por orden directa de HAG, cometieron el homicidio de Cabrera”, sostuvo Castellano en la audiencia. “Entre las 21:45 y las 22:00, los dos hombres fueron en moto al complejo de departamentos en el que vivía la víctima ubicado en calle 74 al 300. Uno de ellos entró a la casa de Cabrera, le disparó y lo impactó en la cara. Las heridas que le provocó fueron de tal gravedad que la víctima falleció minutos después en el hospital de San Francisco”, manifestó el fiscal.

Castellano afirmó que “los autores materiales actuaron con un claro dolo homicida: usaron un arma de fuego, dispararon a zonas vitales del cuerpo de la víctima y siguieron las precisas instrucciones que que les dio HAG para matar el hombre investigado”. En ese sentido, el fiscal sostuvo que “imputado ejerció un verdadero dominio de la voluntad ajena, orientado a asegurar la producción del resultado mortal disponiendo las condiciones fácticas necesarias para que los autores materiales ejecutaran el hecho”.

Por último, Castellano concluyó que “el modo de ejecución del hecho ilícito que terminó con la vida de Cabrera se corresponde con las reiteradas amenazas previas del imputado a la víctima y no por otro conflicto distinto o autónomo”.

Peligros procesales

Castellano manifestó que "con el grado de probabilidad requerido para esta instancia procesal, el juez tuvo por acreditados los ilícitos planteados en virtud de las numerosas evidencias que se recolectaron en la investigación”. En tal sentido, el fiscal remarcó que “el magistrado arribó a la conclusión de que los hechos ocurrieron del modo propuesto por la Fiscalía, y que el imputado tuvo la participación que le fue atribuida”.

"En cuanto a la pena que podría corresponderle, Bumaguin entendió que será de cumplimiento efectivo en virtud de la calificación legal seleccionada”, continuó diciendo el fiscal. “Además, afirmó que el riesgo de fuga está latente en función de la probabilidad de que sea condenado y en virtud de los tres años en los que el imputado se mantuvo prófugo a 1.500 kilómetros de su supuesto lugar de residencia y con su identidad cambiada”, agregó Castellano.

Castellano también hizo hincapié en que “el juez consideró necesario proteger a los testigos para un futuro juicio oral y consideró que la prisión preventiva era necesaria”.

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