Región

Sunchales: el Concejo aprobó una proyecto de Ordenanza del Ejecutivo

Brenda Torriri en su banca.
Crédito: Archivo Concejo

SUNCHALES ( De nuestra Agencia).- En el encuentro ordinario, realizado ayer, los concejales locales, tras la fundamentación de Brenda Torriri, aprobaron el poryecto que afecta al dominio público municipal, con destino a calle pública, la fracción identificada como lote 2 del plano de mensura para modificación de estado parcelario Nº245.712 en cumplimiento de lo dispuesto en el ARTÍCULO 2º de la Ordenanza Nº3236.

Seguidamente damos a conocer los fundamentos presentados por la concejal oficialista.

El proyecto de ordenanza que estamos tratando tiene como objetivo formalizar una instancia que se encuentra prevista desde el inicio del proyecto de urbanización correspondiente al denominado “Ocho Viviendas en Propiedad Horizontal – S.O.E.M.”.

En este sentido, es importante recordar que mediante la Ordenanza N.º 3236/2025 se otorgó la factibilidad técnica de loteo al proyecto presentado por el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Sunchales, respecto del inmueble identificado como Lote 1 del Plano de Mensura N.º 245.712.

En aquella oportunidad, y como parte de las condiciones establecidas para el desarrollo del proyecto, se afectó, de manera condicionada a la ejecución de las obras de infraestructura previstas, una fracción del Lote 2, de propiedad de la Municipalidad de Sunchales, para su futura incorporación como calle pública. Esta afectación debía posteriormente formalizarse mediante un convenio urbanístico, en el cual quedaran establecidos los compromisos vinculados con la ejecución de las obras de infraestructura. Ese requisito fue cumplido con la suscripción del Convenio Urbanístico celebrado entre la Municipalidad de Sunchales y el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales, incorporado como Anexo I de la Ordenanza N.º 3236/2025.

Es decir, desde el comienzo se estableció un procedimiento claro: primero, la afectación condicionada de la fracción; luego, la ejecución de las obras comprometidas; y, una vez acreditado su cumplimiento, la formalización definitiva de esa superficie como calle pública.

La Secretaría de Gestión Ambiental y Territorial, en su carácter de área técnica competente, realizó las inspecciones correspondientes sobre las obras ejecutadas por la empresa contratista Orion Ingeniería S.R.L., verificando su adecuación a la documentación técnica, los pliegos de especificaciones y los planos oportunamente aprobados.

De acuerdo con el dictamen técnico incorporado al expediente, se encuentran ejecutadas las obras de infraestructura previstas para el proyecto. Entre ellas, la demarcación de calles y ejecución de pavimento en el Lote 2; la provisión de agua potable; la ejecución de la red eléctrica domiciliaria y del alumbrado público; el sistema de saneamiento pluvial y cloacal; el pavimento con cordón cuneta; el arbolado público y las tareas de mantenimiento; y las rampas de accesibilidad en las esquinas.

Por lo tanto, estamos ante la finalización de un procedimiento administrativo que ya había sido establecido y condicionado al cumplimiento de determinadas obligaciones.

Por ello, el proyecto que hoy ponemos a consideración establece concretamente, en su artículo 1.º, la afectación definitiva al dominio público municipal de la fracción identificada como Lote 2 del Plano de Mensura para Modificación de Estado Parcelario N.º 245.712 – polígono FGHIF, con una superficie de 342,72 m², de propiedad de la Municipalidad de Sunchales.

De esta manera, se da cumplimiento a lo dispuesto oportunamente por la Ordenanza N.º 3236/2025, a la cláusula sexta del Convenio Urbanístico y a las disposiciones de la Ordenanza N.º 1933/09 y sus modificatorias, en particular sus artículos 13, 15 y 41.1.2.

El artículo 2.º tiene también una importancia central dentro de este procedimiento, porque deja formalmente establecido que las obras de infraestructura previstas en el artículo 4.º de la Ordenanza N.º 3236/2025 han sido cumplidas, de acuerdo con las inspecciones técnicas realizadas y con lo informado por la Secretaría de Gestión Ambiental y Territorial.

A partir de ello, el artículo 3.º dispone la notificación al Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Sunchales, a fin de que gestione, a su cargo, la escrituración formal de la fracción afectada, conforme a lo establecido en la cláusula sexta del Convenio Urbanístico.

Autor: 499508|

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