Sociales

Toma de posición institucional

Difusipón de la postura.
Crédito: Prensa FAC

La Federación Argentina de Cardiología (FAC), en continuidad con sus pronunciamientos previos sobre la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, considera necesario fijar una posición institucional ante la iniciativa legislativa que propone su derogación.

La FAC se expresa desde su responsabilidad como sociedad científica federal, con eje en la prevención cardiovascular, la promoción de la salud y el derecho de la población a recibir información clara, visible y comprensible.

La magnitud del problema respalda esta posición. Según la 2.ª Encuesta Nacional de Nutrición y Salud (ENNyS 2, 2019), el 41,1% de los niños, niñas y adolescentes de 5 a 17 años presenta sobrepeso u obesidad en la Argentina. El último informe regional de UNICEF (2023) ubica a nuestro país entre los tres de mayor prevalencia de sobrepeso y obesidad infantil de América Latina, con un 36,5% de la población de 5 a 19 años afectada. Estos datos confirman que la carga de enfermedades cardiometabólicas asociadas a la mala alimentación continúa siendo elevada y creciente.

El etiquetado frontal de advertencias no prohíbe la compra ni el consumo de alimentos: advierte, de forma simple, sobre el exceso de nutrientes críticos —azúcares agregados, sodio, grasas saturadas y totales, y exceso calórico—asociados a obesidad, hipertensión arterial, diabetes tipo 2, dislipidemia y enfermedad cardiovascular aterosclerótica, reduciendo la asimetría de información entre quien produce y comercializa un alimento y quien decide qué comprar. Es legítimo revisar sus criterios técnicos, la fiscalización, la comunicación y la articulación con el Mercosur; y si una parte de la población todavía no comprende plenamente los sellos, la respuesta sanitaria razonable es mejorar esa comunicación y fortalecer la implementación, no retirar la información. En síntesis: la norma es perfectible y debe evaluarse y modificarse donde corresponda, pero corregirla no equivale a eliminarla.

La derogación completa, sin una alternativa normativa de igual o mayor protección sanitaria, implicaría quitar una herramienta visible de prevención en un contexto donde la carga de enfermedades cardiometabólicas continúa siendo elevada. Debilitar una medida poblacional de información no es una respuesta proporcionada al problema que se intenta resolver. Cualquier modificación futura de la norma debería estar respaldada por evidencia científica sólida y una evaluación rigurosa de impacto sanitario.

La discusión de fondo no es “etiquetado sí o etiquetado no”, sino cómo lograr que la información nutricional sea más comprensible y efectiva para orientar decisiones cotidianas de menor riesgo — incluyendo las dimensiones de publicidad, promoción, patrocinio y entornos escolares que la Ley 27.642 también regula, especialmente relevantes para la prevención cardiovascular desde la infancia y la adolescencia, etapas en las que se construyen las preferencias alimentarias y la exposición sostenida a nutrientes críticos. En esa línea, experiencias internacionales ofrece antecedentes útiles que se han asociado una reducción en el consumo de productos con alto contenido de azúcar, grasa o sodio y a una caída sostenida en el consumo per cápita de bebidas azucaradas. Este tipo de evidencia debería nutrir la discusión técnica sobre cómo mejorar el sistema de advertencias vigente en la Argentina.

Por eso, una eventual derogación no debe evaluarse solo como un cambio en el diseño de los envases: también supondría revisar o retirar protecciones dirigidas a niñas, niños y adolescentes, justamente el grupo donde la prevención primordial tiene mayor valor sanitario y social.

La FAC reconoce aspectos mejorables en la implementación del sistema. La armonización normativa regional puede ser una oportunidad si contribuye a ordenar criterios, mejorar controles y favorecer la reformulación de productos, pero no debería traducirse en una reducción del estándar de protección sanitaria alcanzado en el país.

Una política moderna de prevención cardiovascular combina información clara, educación alimentaria, entornos saludables, promoción de actividad física, acceso a alimentos de mejor calidad nutricional e incentivos a la reformulación responsable. El etiquetado frontal no es la única respuesta, pero sí es una pieza importante de ese conjunto.

En función de lo expuesto, la Federación Argentina de Cardiología considera que la respuesta más adecuada no es derogar la Ley 27.642, sino sostenerla, evaluarla y fortalecerla. En particular, la FAC propone:

• Mantener la vigencia del etiquetado frontal de advertencias como instrumento de información sanitaria en el punto de compra.

• Evitar una derogación completa sin una alternativa normativa de igual o mayor capacidad protectora para la salud pública.

• Promover una evaluación técnica independiente, periódica y transparente del sistema, con indicadores de comprensión, reformulación, fiscalización, impacto en compras y cambios en entornos escolares.

• Fortalecer la educación alimentaria y nutricional para que los sellos sean comprendidos como advertencias de riesgo poblacional y no como prohibiciones individuales.

• Evaluar mejoras complementarias en el formato de las advertencias, siempre que estén sustentadas en evidencia científica sólida.

• Preservar las disposiciones orientadas a niñas, niños y adolescentes, incluyendo publicidad, promoción, patrocinio y entornos escolares saludables.

• Acompañar procesos de armonización regional solo cuando mantengan o eleven el estándar de protección sanitaria, evitando retrocesos en la claridad de la información al consumidor.

• Estimular la reformulación responsable de productos y el desarrollo de opciones alimentarias con mejor perfil nutricional, sin desplazar la responsabilidad sanitaria únicamente al individuo.

La Federación Argentina de Cardiología entiende que la continuidad del etiquetado frontal de advertencias representa una medida coherente con una estrategia integral de prevención cardiovascular. La población necesita información visible para reconocer excesos de nutrientes críticos; las familias necesitan herramientas simples para decidir; y las infancias requieren entornos que no naturalicen el consumo habitual de productos de baja calidad nutricional.

Por ello, la FAC recomienda preservar la Ley 27.642, fortalecer su implementación y abrir instancias de mejora técnica sin desandar el principio central que la sostiene: el derecho de las personas a contar con información nutricional clara, comprensible y oportuna para cuidar su salud.

Desde una mirada sanitaria, federal y científicamente fundada, la FAC reafirma que la prevención cardiovascular también se construye en las decisiones cotidianas.

Autor: 494034|

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