La Constitución es la primera garantía para que el hombre pueda ejercer su libertad, ella es la que determina, complementada por las normas dictadas en su consecuencia, qué conducta es justa y cuál es injusta; qué es delito, y por tanto merece ser penada, y qué es lo que está permitido; qué es lo que contribuye al bien común y qué no.
La Constitución, además, organiza la sociedad política y al estado que está a su servicio, en base a las siguientes pautas:
• Garantizar los derechos humanos y a los bienes fundamentales del hombre: a la libertad, a la vida y a la propiedad, y de los que derivan de los mismos.
• Garantizar los derechos de las sociedades intermedias, los que tienen que ver con el ambiente, la información, el consumo y el uso de los servicios públicos.
• Garantizar los derechos políticos de los ciudadanos, especialmente el de poder votar y ser elegido en cargos políticos o en consultas populares, de peticionar, y participar en partidos políticos y en general en la vida pública.
• Limitación de las competencias del gobierno federal, del de las provincias y de los municipios y comunas.
• División de poderes, en Legislativo (Congreso, Legislaturas o Concejos deliberantes), Ejecutivo (Presidente, Gobernadores o Intendentes) y Judicial (tribunales), atribuyendo diferentes y limitadas atribuciones.
• Periodicidad y limitación en el tiempo en sus funciones, como es el caso de los presidentes, gobernadores o intendentes, y de quienes son sus vices, que no pueden hacerse reelegir.
• Responsabilidad de los funcionarios, por lo que se somete a juicio político a quienes ejercen los más importantes cargos de gobierno y magistraturas, y a ser juzgado por la justicia ordinaria, como cualquier otro ciudadano, por los delitos que comentan y por las responsabilidades civiles que se deriven de sus conductas en el ejercicio de sus funciones.
• Publicidad de las normas y actos de gobierno, y cómo se gestan los mismos, para que los ciudadanos sepan a qué atener sus conductas, sin que quienes ejercen los cargos de gobierno utilicen esa publicidad, o los medios de comunicación del estado, para hacerse propaganda o hacérselas a sus partidos, a sus seguidores o a sus ideologías, para obtener así ventajas en las disputas de poder.
RE-REELECCION
La reforma constitucional de 1994 que redujo el mandato presidencial de 6 a 4 años y permitió una reelección por otro período para favorecer al entonces presidente Carlos Menem.
Las razones en que se fundan los que nos oponemos a la re-reelección indefinida, mediante una nueva reforma constitucional, sea para favorecer a la actual Presidenta, o cualquier otro en el futuro, son los siguientes:
• Es necesario limitar en el tiempo el mandato de los presidentes, (también de los gobernadores e intendentes), porque son la máxima autoridad de la República.
• La prolongación de los mandatos en el tiempo producen un desgaste en los funcionarios que sólo puede superar la renovación.
• El mandatario que no puede ser reelegido se preocupa más del bien común y de dejar una mejor imagen para el juicio de la historia.
• La reelección se convierte en una necesidad cuando el presidente o sus colaboradores han cometido graves errores o delitos en el ejercicio de sus cargos y pretenden con la continuidad en los mismos evitar que los actos de corrupción puedan ser investigados o castigados por la justicia.
• La experiencia histórica demuestra que no fueron positivas las reformas constitucionales de 1949 y 1994 para las reelecciones de Juan Domingo Perón y Carlos Menem ni las que se dieron en las provincias.
• No se debe reformar la Constitución para beneficiar a quién está ejerciendo su cargo y mucho menos para hacer que sea reelegido.
• El presidente que aspira a la reelección dedica parte de su tiempo y de su gestión a convencer al electorado que debe elegirlo nuevamente y descuida su función específica.
• No es conveniente que el presidente que disputa una elección ejerza al mismo tiempo dicho cargo porque tiene una gran ventaja frente a sus rivales.
• El límite a la reelección obliga a los partidos y a la sociedad a generar nuevos liderazgos para producir el relevo del mandatario que termina su período.
• Las reformas de las constituciones no deben hacerse para favorecer a personas, partidos o sectores de la sociedad, y menos si ellas están en el gobierno en ese momento.
Una sabia frase de Montesquieu sintetiza lo que aquí hemos dicho: “Cuando un gobierno dura mucho tiempo se descompone poco a poco y sin notarlo”.
Los que protestan no quieren que esto vuelva a suceder en Argentina.
(*) Es profesor emérito de la Universidad Nacional de Córdoba y catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Católica de Córdoba y fue diputado de la Nación.