Notas de Opinión

Declaración de la Academia de Derecho

En su declaración del 26 de julio de 2012 la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, a la vez que expresó su preocupación y disconformidad por el modo en que se estaba llevando adelante el proceso de sustitución de los Códigos Civil y Comercial por un nuevo Código unificado, hizo un serio llamado a la sensatez para que se asigne al tratamiento del Proyecto de Código el tiempo de estudio, análisis y debate adecuados a la magnitud de la reforma legislativa y a lo que debe ser el curso de acción propio de una democracia republicana.

El Proyecto remitido por el Poder Ejecutivo al Congreso se basó sobre el Anteproyecto elaborado por dos jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y por una distinguida jurista que in­tegra esta Corporación, pero con algunas alteraciones substanciales respecto de este último. Ese Proyecto fue inicialmente objeto de amplia difusión y suscitó numerosos e interesantes debates so­bre su conveniencia, su oportunidad, su adecuación al dinamismo social, así como sobre sus propuestas específicas de reforma. Empero, desde el cuarto trimestre de 2012 los debates y la difusión públicos se fueron apagando como si el interés político en el Proyecto se hubiera diluido, mientras en ámbitos cerrados y desconocidos para la comunidad jurídica y para el público, se continuaba una tarea de revisión y modificación de un sinnúmero de normas proyectadas.

En forma sorpresiva, a partir del 29 de octubre de 2013 se hizo público el renacimiento del impulso de la iniciativa, pero esta vez la difusión no se extiende a las numerosas y sustanciales modificaciones introducidas por el Poder Ejecutivo en el ci­tado Anteproyecto. Los cambios introducidos están desprovistos de la debi­da publicidad que permita conocer a los ciudadanos la fundamentación jurídica y política que los impulsa, y por qué se aspira a concretar su apresurada sanción antes de que se opere la próxima renovación constitucional de las Cámaras del Congreso. Es inadmisible para un Estado de Derecho que se sancione a puertas cerradas, por la sola fuerza de una mayoría legislativa ocasional, una reforma legislativa de esta magnitud.


Esta Academia tiene resuelto que una reforma legislativa como la propuesta, que se proyectará sobre la vida cotidiana de las personas, no puede ser objeto de un tratamiento apresurado que, en modo al­guno, se compadece con la prudencia que debe inspirar los tiempos de elaboración y sanción de las normas de fondo por el Congreso de la Nación, para así permitir un análisis serio y exhaustivo de las modificaciones introdu­cidas y no menos de las manifestaciones que sobre el particular emanen de los grupos sociales de opinión pública.

Todos los procesos de codificación, debido a su importancia y envergadura, se concretan en lapsos relativamente extensos y nunca son el resultado de consideraciones apresuradas. Son leyes que, por sus particula­res características, se deben instituir con innegable sentido de perdurabili­dad. Por ello, si bien, como también lo expresó esta Academia, deben responder a auténticos y legítimos requerimientos de la dinámica social, no pueden concretarse sin la debida ponderación de los sentimientos predominantes arraigados en la sociedad. Una democracia constitucional impone la obligación ineludible de proporcionar a la sociedad una infor­mación clara sobre la normativa propuesta y acerca de las conse­cuencias que los cambios podrán producir en ella, lo cual no se hizo.

La ineludible necesidad de alcanzar consensos para un mejor y más adecuado perfeccionamiento de las normas jurídicas vigentes en materia tan delicada como la que rige todos los aspectos de la vida cotidiana de los habitantes de la Nación, impone utilizar todo el tiempo que sea preciso al efecto, sin límites artificiales, para evitar así una sanción precipitada y desprovista de consenso que, por eso mismo, carecerá de legi­timidad. La necesidad de actuar con ponderación y prudencia se percibe claramente en este caso al advertir que el tratamien­to del Proyecto estuvo virtualmente suspendido durante casi un año.

Esta Academia reitera que es imprescindible dar una amplia difusión a las modificaciones introducidas por el Poder Ejecutivo en el Proyecto, fomentando la concreción de los debates jurídicos y sociales que aporten esclarecimiento y elementos de juicio útiles, tanto para verificar la conveniencia de la reforma, como para mantener informado al pueblo a­cerca de los cambios que se proyectan sobre una legislación que regula los aspectos más sensibles de la convivencia social.


Gregorio Badeni

Académico Presidente


Roberto E. Luqui 

Académico Secretario 

Autor: REDACCION

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