Policiales

Dictaron prisión preventiva sin plazo para el empresario en causa por abuso sexual

La audiencia comenzó minutos después de las 13 de este sábado.
Crédito: ARCHIVO

La Justicia de Rafaela resolvió este viernes dictar la prisión preventiva por el plazo del proceso para E.N.T., imputado por abuso sexual con acceso carnal, en el marco de una audiencia desarrollada este sábado apenas pasado el mediodía en la Oficina de Gestión de Audiencias (OGJ) del Distrito Judicial N°5.

La medida fue dispuesta por el juez penal Javier Carlos Bottero, tras un extenso debate entre las partes en el que se analizaron tanto la evidencia reunida como los riesgos procesales. La audiencia se inició a las 13:15 y finalizó a las 15:56, con la participación de la fiscal Gabriela Mercedes Lema, los defensores particulares Carlos Luis Farías Demalde y Germán Eduardo Verna, y la representante de la querella, Cristina Fortunato, en tanto que el imputado seguía las alternativas a través de una plataforma desde la Alcaidía de San Javier, donde se encuentra detenido desde el martes pasado tras entregarse en la tarde del lunes en Rafaela.

La fiscal Lema solicitó la prisión preventiva sin plazo, al sostener que se encuentran acreditados los extremos del artículo 220 del Código Procesal Penal. En su exposición, detalló que la imputación se sustenta en declaraciones tomadas mediante cámara Gesell, informes psicológicos y otros elementos probatorios, incluyendo registros audiovisuales y fotografías del lugar de los hechos que durante la audiencia compartió tanto con el juez como con los abogados defensores.

Según la acusación, la víctima —una menor de 14 años, que es la mayor de tres niñas que fueron adoptadas por el acusado— brindó un relato que, si bien presentó algunas oscilaciones temporales, fue claro en cuanto a la conducta atribuida al imputado. También se mencionaron situaciones de temor y un contexto familiar vulnerable, además de presuntos episodios que se habrían iniciado tiempo atrás.

Lema remarcó la gravedad del delito y la expectativa de una pena efectiva, lo que —a su criterio— configura un riesgo concreto de fuga. En ese sentido, indicó que el imputado posee capacidad económica significativa, con bienes a su nombre, movimientos financieros relevantes y posibilidad de salir del país. Incluso se señaló que, tras no ser hallado inicialmente, se libró un pedido de captura a nivel provincial y nacional.

Asimismo, la fiscal advirtió sobre el peligro de entorpecimiento probatorio, al sostener que existieron conductas tendientes a obstaculizar la investigación y a influir sobre el entorno de las víctimas.

 

La querella y el contexto familiar

Por su parte, la abogada querellante Cristina Fortunato respaldó la postura de la Fiscalía y destacó la contundencia de los testimonios obtenidos en cámara Gesell, que calificó como “claros, creíbles y dolorosos de escuchar”.

También hizo hincapié en la situación de vulnerabilidad de la familia denunciante, afectada —según expresó— tanto en lo emocional como en lo económico. En ese marco, sostuvo que la magnitud del daño y la peligrosidad procesal justifican la prisión preventiva.

 

La defensa pidió medidas alternativas

En contraposición, la defensa del imputado solicitó medidas sustitutivas a la prisión preventiva. Argumentó que su defendido se presentó voluntariamente ante la policía, colaboró con la investigación y no entorpeció el proceso. También señaló que las cámaras Gesell ya fueron realizadas, por lo que no existiría riesgo de interferencia sobre las víctimas.

Los abogados propusieron alternativas como la entrega de pasaportes, la prohibición de contacto con las denunciantes, la fijación de una fianza y el sometimiento a una persona responsable como guardadora, en un domicilio de Rafaela.

Además, pusieron énfasis en el estado de salud del imputado, quien presenta una discapacidad en un brazo, además de patologías como hipertensión, diabetes y problemas coronarios. En ese sentido, solicitaron subsidiariamente el otorgamiento de prisión domiciliaria.

Al momento de resolver, el juez Bottero consideró acreditada la existencia del hecho con el grado de probabilidad requerido en esta etapa procesal. Si bien coincidió con la defensa en que las declaraciones de las menores ya fueron tomadas, advirtió la existencia de una “situación particular” vinculada a movimientos patrimoniales del imputado que podrían interpretarse como maniobras para influir en el proceso.

En cuanto al riesgo de fuga, el magistrado valoró la capacidad económica del empresario y la expectativa de una condena grave, lo que incrementa la probabilidad de evasión.

Respecto al pedido de prisión domiciliaria, el juez sostuvo que las patologías mencionadas pueden ser tratadas dentro del sistema penitenciario, que cuenta con atención médica permanente, y que no se acreditó la necesidad de cuidados especiales que justifiquen una medida excepcional.

Finalmente, resolvió rechazar las alternativas propuestas por la defensa y disponer la prisión preventiva sin plazo, con la indicación de que el imputado reciba la atención médica necesaria acorde a su estado de salud.

La audiencia concluyó con la notificación de las partes, quedando el empresario detenido en la Alcaidía de San Javier, conectado de manera remota durante la audiencia desde la comisaría de San Javier.

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