Nacionales

El Senado rechazó los vetos en Garrahan y universidades

VOTACIÓN. El Senado rechazó el veto de Milei y Financiamiento Universitario es ley.
Crédito: FOTO PARLAMENTARIO

El Senado rechazó ayer los vetos presidenciales a los proyectos de emergencia en pediatría y el de financiamiento universitario. De esta manera, el gobierno de Javier Milei seguirá en la senda derrotista y deberá promulgar ambas leyes.

La insistencia en pediatría, que tiene foco en el Hospital Garrahan, encontró adhesiones en los bloques de Unión por la Patria (UxP), radicales, PRO y bancadas provinciales, con un total 59 votos afirmativos. El rechazo fue propiciado por seis senadores de La Libertad Avanza, Francisco Paoltroni y Carmen Álvarez Rivero del PRO.

Por su parte, el financiamiento a universidades, un texto que fue redactado por las autoridades del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), cosechó 58 voluntades afirmativas y siete negativas, en una votación que también aglomeró a la mayoría de la oposición y dejó del otro lado a los libertarios, Paoltroni y Álvarez Rivero.

Tres senadores del PRO, Alfredo de Angeli (Entre Ríos), María Victoria Huala (La Pampa) y Martín Goerling (Misiones), se abstuvieron en ambas votaciones. Mientras que la radical Carolina Losada (Santa Fe) se abstuvo en universidades.

A diferencia de lo que ocurrió en 2024, la iniciativa que propone una actualización en las partidas presupuestarias de las Casas de Altos Estudios y recompone salarios docentes y no docentes se transformó en ley. Es el segundo/tercer veto que el Congreso le deroga al presidente Javier Milei: el 4 de septiembre fue la Emergencia en Discapacidad y este jueves, también, la Emergencia Sanitaria en Pediatría del Hospital Garrahan.

La norma sancionada obliga al Gobierno nacional a actualizar, desde el 1º de enero de 2025, los montos destinados al funcionamiento de las universidades públicas. Según el texto, dicha actualización deberá realizarse conforme a la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC, correspondiente al período comprendido entre el 1º de mayo y el 31 de diciembre de 2024.

La medida alcanzaría las partidas presupuestarias vinculadas a la asistencia financiera para el funcionamiento universitario, hospitales universitarios, fortalecimiento de la ciencia y la técnica, y actividades de extensión, todas enmarcadas en el programa de Desarrollo de la Educación Superior.

Además, se deja fijada una actualización bimestral de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas durante todo 2025. La medida, que regirá desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre, se aplicará de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC.

También, obliga al Poder Ejecutivo a actualizar los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas por el período comprendido entre el 1º de diciembre de 2023 y la sanción de la ley, en un porcentaje no inferior al IPC del mismo lapso.

Este incremento deberá hacerse efectivo al mes siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y será remunerativo y bonificable. Asimismo, se establece la incorporación total de las sumas no remunerativas al salario básico durante el año en curso.

Por otro lado, el Poder Ejecutivo deberá recomponer los montos de las becas Progresar, Manuel Belgrano, Enfermería y otras, ajustándose por la variación del IPC desde diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley. Además, se establece un incremento progresivo en la cantidad de becas, en función del crecimiento de la matrícula en instituciones públicas de nivel secundario y superior.

Del mismo, establece que la Auditoría General de la Nación (AGN) realizará el control administrativo externo de las universidades públicas de gestión estatal, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 bis de la ley 24.521. Los informes elaborados por la AGN deberán ser remitidos de manera inmediata al Congreso de la Nación, junto con las observaciones que pudieran surgir y el correspondiente plan de seguimiento y control con el objetivo de fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas en el sistema universitario, en un contexto de creciente demanda por eficiencia institucional.

Garrahan

La Ley de Emergencia Pediátrica establece la asignación presupuestaria “prioritaria” para los hospitales que atienden niños e indica específicamente que debe garantizarse “el funcionamiento pleno y sostenido” del Garrahan.

La norma declara la emergencia sanitaria de la salud pediátrica y de las residencias nacionales en salud de la República Argentina por el término de un año, “debido a la grave situación que atraviesa el sistema de salud”.

Además, declara al Hospital de Pediatría “Prof. Dr. Juan P. Garrahan” como “hospital de referencia nacional en la atención pediátrica de alta complejidad” y establece que debe garantizarse “su funcionamiento pleno y sostenido”.

Asimismo, prevé la derogación de la resolución 2109/25 del Ministerio de Salud, a través de la cual se modificó el régimen de residencias médicas.

El texto contempla “la asignación prioritaria e inmediata de recursos presupuestarios para bienes de uso y consumo, insumos críticos, mantenimiento de infraestructura, medicamentos, vacunas, tecnologías médicas y personal esencial destinados al cuidado y atención pediátrica en el país”.

También, “la recomposición inmediata de los salarios del personal de salud asistencial y no asistencial que atiende a la población pediátrica con criterios de equiparación y reconocimiento por funciones críticas”. Allí, se incluye a los residentes nacionales de salud de todas las especialidades. “La recomposición no podrá ser menor a la que recibían en términos reales en noviembre del año 2023”, indica.

Finalmente, se estipula la exención a todo el personal de salud que se desempeña en efectores públicos y privados del pago de Ganancias cuando desempeñan actividades críticas, horas extras y/o guardias.

Estás navegando la versión AMP

Leé la nota completa en la web