En enero de 2015 se cumplirán 13 años de la ley que ha declarado en el país la “emergencia en materia social, económica, administrativa, financiera, cambiaria, de contratos de derecho público, ocupacional, sanitaria y alimentaria”. Año tras año nuestros legisladores prorrogan este instrumento, el que casi no se usa en el mundo civilizado.
La razón es sencilla: la emergencia es un poder de excepción, un instrumento anormal para conjurar una situación excepcional. Esta situación sólo se admite para una grave crisis económica que ponga en riesgo las instituciones públicas. Los dos requisitos son necesarios, no uno solo.
Este instrumento se utiliza en el mundo para casos muy acotados: un terremoto, una epidemia descontrolada, es decir, situaciones anormales que ponen en riesgo al conjunto y requieren medidas rápidas en cabeza del ejecutivo, delegando el legislativo algunas facultades estrictamente necesarias para este fin. Así se pueden comprar remedios sin licitación, ocupar inmuebles temporalmente para que la gente no viva a la intemperie, fijar precios máximos de ciertos productos y otras medidas estrictamente necesarias.
La emergencia económica -en cambio- es un invento argentino, pues se ha pasado poco a poco desde 1920 del uso del instituto de los poderes de policía económicos a la policía económica de emergencia, siendo dos cosas muy diferentes.
El poder de policía económico es una regulación intensa de los derechos económicos para alcanzar un equilibrio general. Es una reglamentación fuerte de libertades para el bien del conjunto social. Es un instrumento que se usa en todo el mundo desde hace más de cien años y que en las actuales situaciones críticas del primer mundo se intensifican. El debate es más bien de tipo económico y político sobre su necesidad, mientras que sus alcances son analizados desde lo jurídico, donde básicamente se analiza su razonabilidad.
En cambio el poder de policía económico de emergencia es mucho más intenso y grave, porque la emergencia siempre “suspende una parte de la Constitución”, lo cual sólo es posible en casos excepcionales. De lo contrario lo anormal se torna en normal o la excepción se transforma en la regla.
Así pasó en buena parte del S. XX en Argentina, donde todo tipo de gobiernos la han usado, sean civiles como militares. Entrados al S. XXI la crisis del 2001 activó de nuevo el uso del instituto y estamos ahora con emergencia perpetua.
Nuestra Constitución Nacional reformada desde 1994 no autoriza este instituto, salvo como excepción: Artículo 76: “Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca”.
Antes y después de 1994 este instituto debía cumplir con los siguientes requisitos, según Germán Bidart Campos: declaración formal por el Poder Legislativo, motivos claros y fundados, temporalidad, control judicial suficiente y nunca se pueden alterar los derechos, sino estaríamos fuera de la Constitución, lo cual no puede pasar ni siquiera en tiempos de emergencia porque esta existe para defender la carta magna, no para violarla.
¿Y qué alcance tiene todo esto? Que desde el año 2002 el Presidente de turno, además de la facultad de los decretos de necesidad y urgencia, tiene ahora “poder legislativo en materia administrativa o de emergencia”: así se cambió el régimen monetario en el 2002, se establecieron nuevos regímenes de servicios públicos, se corren partidas del presupuesto nacional, se suspende el pago de sentencias judiciales o deudas que tenga la Nación mediante nuevos bonos, se limitan derechos ciudadanos con un simple decreto o resolución (desde las retenciones agropecuarias a la autorización de medicamentos o la cantidad de tratamientos que puede recibir una persona por su obra social).
Dictar la emergencia en medio de la grave crisis del 2001 parece haber sido necesario, tanto como que desde el año 2003 sus efectos cesaron sobre las instituciones públicas, en tanto la gobernabilidad se asentó. La pobreza extrema o los límites macroeconómicos no autorizan una emergencia económica, mucho menos perpetua.
Nadie parece darse cuenta de lo grave que todo esto es y de lo difícil que será salir cuando se decida nuestra dirigencia nacional a gobernar con poderes normales.