Rural

Polémica en Santa Fe por la “inconstitucionalidad” de las retenciones

Crédito: PUNTO DE VISTA. El Dr. Ignacio Mántaras explicó por qué no aconsejan a las rurales santafesinas a realizar la presentación del amparo.

La Sociedad Rural Argentina (SRA) viene planteando desde comienzos de año que el cobro de los derechos de exportación (retenciones) a los granos es ilegítimo desde el 1 de enero del corriente, por considerar que al no aprobarse la Ley de Presupuesto 2022 se cayó automáticamente la Ley de Emergencia que permitía al Ejecutivo fijar los porcentajes de DEX y en consecuencia, no estarían vigentes. En este sentido, la SRA presentó una acción de amparo judicial contra el cobro de las retenciones por considerar que carecen de “sustento legal”, con el fin de que se declare la inconstitucionalidad e ilegitimidad del cobro de los DEX con posterioridad al 1 de enero de este año. La misma fue presentada ante la Justicia Federal como amparo colectivo desde la Sociedad Rural de Jesús María.

DISCREPANCIA
“Este amparo, para que la Justicia se expida sobre la inconstitucionalidad de las retenciones, además de la Rural de Jesús María, también lo presentaron hasta el momento las rurales de Río Cuarto, Vicuña Maquena, Villa María y General Cabrera en el juzgado de Río Cuarto; la semana pasada lo presentó Junín y otra rural del norte de Buenos Aires; en tanto los entrerrianos están próximos a hacerlo y así se van sumando –explicó en el programa radial ADN Rural, el director cordobés de SRA, Andrés Costamagna-. Queremos que la Justicia diga si el decreto 851/21 que es el que fijó los derechos de exportación para 2022 sigue vigente, porque consideramos que todo lo que se comercialice desde el 1 de enero hasta que se resuelva esta situación judicial, es ilegítimo y el productor puede reclamar la devolución de esos DEX”.
Si bien hay abogados que sobre el mismo tema tienen una posición diferente, hay quienes desaconsejan hacer el reclamo judicial en forma de amparo, entre ellos los que asesoran a las rurales asociadas a CARSFE, lo que explica por qué hasta el momento no se ha producido ninguna presentación en la provincia.
Para el abogado Ignacio Mántaras, que además es presidente de la Rural de Santa Fe y pertenece a la Comisión Jurídica de CARSFE (confederación miembro de CRA), hay por un lado puntos de coincidencia en el reclamo pero también discrepancias con el planteo de SRA.
“Para nosotros la ilegalidad de los DEX está relacionada con el art. 755 del Código Aduanero, por el cual el Ejecutivo fija los derechos de exportación, que a mi criterio es un disparate y debería ser derogado a la luz de la reforma del 94 que establece cuándo se delegan las atribuciones legislativas, pero nunca en lo que refiere a cuestiones tributarias”, indicó el santafesino en el mismo programa radial. Por eso, “los amparos de SRA no cuestionan el 755, mientras que nosotros estamos analizando una acción declarativa pidiendo la inconstitucionalidad de ese artículo; pero si bien compartimos el argumento de SRA y de las rurales que hacen el amparo, creemos que no son las entidades las que tienen legitimación activa para reclamar el daño percibido por las retenciones, es decir, son los exportadores los sujetos tributarios directos y quienes deben realizar esa acción judicial. Si bien todos sabemos que eso después se traslada al precio al productor, lo cierto es que son ellos los que tributan los DEX, no los productores”.
Para el Dr. Mántaras, “en el caso de los productores la legitimación es más compleja porque se necesita acreditar que el precio que cobra de sus granos está condicionado por las retenciones, pero ahí hay que analizar cómo opera el mercado de granos y por qué se paga lo que se paga; en este sentido, hay que diferenciar lo que va a mercado interno de lo que se exporta, aunque dicha progresión la establece el mercado”. Incluso, “no existe todavía un trabajo técnico sólido que compare el precio FOB teórico con el precio relativo interno que recibe el productor, algo que podríamos impulsar como entidad, pero en caso de demostrarse el daño, tampoco correspondería a las Rurales realizar el amparo porque se trata de entidades que representan a productores, y serían ellos los verdaderos activos directos, no las instituciones”.

¿PRESIÓN POLÍTICA?
Al margen de la explicación técnica que esgrime Ignacio Mántaras, lo que más llamó la atención entre los ruralistas de la provincia, respecto a las declaraciones del directivo cordobés de SRA Andrés Costamagna, es cuando éste sugirió que las rurales de Santa Fe no presentaron ningún amparo por supuestas presiones políticas. “El Gobierno provincial está operando fuertemente para que no haya presentaciones de amparos –afirmó Andrés Costamagna-. Las rurales de base están con algunas dudas legales y políticas para avanzar en este sentido”. Y sugirió que sólo la Rural de San Justo está decidida a concretar el amparo, pero señalando claramente la negativa sugerida de CARSFE.
Dicha acusación fue negada de plano por el Dr. Mántaras: “es un disparate; no hemos recibido ninguna presión política de nadie; bajo ningún aspecto la posición de CARSFE responde a presiones políticas, sino a la prudencia legal, porque no queremos embarcar a las rurales en algo así, pero además, todas nuestras rurales tienen libertad de acción sobre el tema”.

Autor: REDACCION

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