Notas de Opinión

Suba de impuestos y la justicia social




Los impuestos son las contribuciones que los ciudadanos debemos realizar a los estados en los que -como divisiones políticas- se estructuren las jurisdicciones en las que habitamos y poseemos bienes. Si bien esa contribución es coactiva es, a su vez, legítima, en tanto encuentra su fundamento legal en lo previsto por los Artículos 4, 9, 16, 25 y 75, incs. 1º, 2º y 3º de la Constitución Nacional, instrumento fundacional para la organización y articulación social argentina.

Si bien la facultad tributaria de los estados es indiscutible, no es absoluta. Y por imperio de la misma CN, los tributos deben someterse a los principios de igualdad, legalidad y razonabilidad, de modo tal de limitar legítimamente el principio de libertad fiscal. De los tres, el principio de razonabilidad es el más difícil de asir, en tanto no existe un criterio objetivo para determinar cuál sería un impuesto "razonable", dando lugar a las más diversas interpretaciones dependiendo de las consideraciones filosóficas que sobre el asunto adopte cada intérprete.

En todo caso, la razonabilidad no puede entenderse de manera divorciada de la causa que justifique la imposición tributaria. Un impuesto que sea legal (debidamente sancionado por una legislatura) y que respete el principio de igualdad será completamente inconstitucional si no se funda en una causa razonable, en virtud de la cual la contribución tributaria se exige y la libertad fiscal de los ciudadanos se limita.

Según la información publicada por La Capital, el Gobernador Bonfatti dijo "Así como no existe democracia sin impuestos, hay algo que tenemos que tener muy en claro: distintos impuestos construyen distintas democracias". Resulta llamativa la frase en tanto en los más oscuros períodos de la historia, el estado, cooptado por las dictaduras militares que azotaron este país, igualmente percibió impuestos, por lo que no es acertado decir que la fijación de impuestos es atributo exclusivo de los sistemas democráticos.


La diferencia estriba en que durante los períodos democráticos los principios constitucionales antes indicados se encuentran plenamente vigentes, resguardando a los contribuyentes de los abusos cometidos no sólo por dictadores sino también por gobernantes legalmente electos.

Así, la democracia es tan solo un sistema de representación, en virtud del cual los principios republicanos y el estado de derecho se ven mejor salvaguardados, protegiendo a los individuos frente al estado, en este caso, cobrador de impuestos. Es imperativo no perder de vista que la libertad fiscal es la regla constitucional, y la imposición tributaria la exención. De ahí la obligación de representar la causa de los impuestos, la que en todo momento debe ser "razonable".

Y esa razonabilidad obligatoria para todos los sistemas tributarios es la que involucra el sentido de justicia de los mismos. Es decir, la razonabilidad debe incluir, en sí misma, la respuesta afirmativa a la pregunta "¿son estos impuestos justos?".

Si bien puede resultar una pregunta retórica y poco pragmática por el contenido filosófico que involucra, no lo es. La fundamentación de la suba de hasta un 600% de los impuestos, según el mismo Gobernador Bonfatti y los lineamientos doctrinarios del partido político que representa, radica en la necesidad de alcanzar la tan mentada "justicia social".

Sin embargo, este concepto general, amplia y prácticamente indiscutiblemente aceptado, no resulta eficaz a los fines de lograr los objetivos propuestos. Por el contrario, es de gran utilidad para los gobernantes que a él apelan, pretendiendo cumplir con el criterio de razonabilidad al fundamentar los impuestos en el objetivo de "justicia social". Más la realidad demuestra que los resultados procurados brillan por su ausencia.

La suba impositiva prevista impacta, con más fuerza, en la actividad agropecuaria y en la industria de la construcción. Es preciso acordar que los recursos (todos ellos), son escasos. De ahí que ambas actividades productivas sean socialmente muy valiosas ya que los propietarios de los recursos necesarios deciden destinarlos a la producción agropecuaria y a la industria de la construcción, en lugar de orientarlos a cualquier otro destino.

Estos propietarios corren riesgos, generan puestos de trabajo directos e indirectos y crean riqueza social, en tanto sus productos satisfacen necesidades representadas por la demanda previamente identificada. Este espiral virtuoso es el que la Constitución Nacional, cuyos principios surgen de la original Constitución de 1853, pretende no sólo resguardar sino aumentar. Medidas como las subas impositivas propuestas por el Gobierno de Santa Fe atentan no sólo contra los principios constitucionales indicados, sino también contra la creación de riqueza social, sustantivamente más tangible en el día a día que la presunta "justicia social" nunca alcanzada, tal como lo demuestran años de gobiernos socialistas a lo largo y ancho del mundo.

Sobre la misma ha dicho el Premio Nobel de Economía F.A. Hayek, "La fe generalizada en la 'justicia social' es probablemente en nuestros días la mayor amenaza para la mayor parte de los demás valores de una civilización libre".


(*) Abogada. Docente de UBA. Investigadora Asociada de Fundación Bases.

Autor: Carolina González Rodríguez (*)

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