SUNCHALES ( De nuestra Agencia).- En la víspera el Concejo Municipal concretó una nueva sesión ordinaria.
En el encuentro generó un extenso debate el Despacho del proyecto de Ordenanza para declarar no apto para destinar a la instalación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos a la fracción de terreno de 26,28 ha. adquirido por la Municipalidad para instalar el consorcio GIRSU.
La fundamentación fue ofrecida por Santiago Dobler quien recordó que es un tema sensible para la comunidad y cuestionamientos por dudas surgen de la instalación en ese predio, la búsqueda de terrenos más seguros. Repasó los antecedentes técnicos(riesgos hídricos del predio, aludió también a expedientes de impacto ambiental), procedió a la lectura del Despacho y enfatizó que no quieren poner trabas al Ejecutivo, sino que buscan ayudar al vecino.
Tras ello se generó un prolongado debate en el que Laura Balduino recordó que el tema viene tratándose desde hace mucho tiempo con idas y vueltas, también aludió a la orden judicial para el traslado de la actual planta, recordó el desarrollo de la Banca Ciudadana en la que se oyeron expresiones de preocupación de los vecinos del sector de las 26 Has.
Señaló que existe incertidumbre técnica y hay opacidad administrativa, y señaló que hay falta de información y que se está vulnerando el derecho a la información ambiental.
Remarcó que existe la permanente predisposición de acompañar al Intendente, pero recordó que está en juego la salud de generaciones futuras.
Más adelante, Carolina Giusti ofreció una reseña de GIRSU, cuestionó que todo es de palabra, la documentación no está en orden- la que tiene que ver con el funcionamiento del consorcio-, cuestionó que el Ejecutivo prosigue avanzando en obras, señaló también que fue llamada a licitación para vender el terreno el que, para lograr su aptitud deberá ser sometido a faraónicas tareas de mitigación.
Por su parte, Juan Ignacio Astor, en un prolongado mensaje justificó el no acompañamiento del bloque oficialista.
A continuación reproducimos un parte de prensa difundido desde el Cuerpo.
En su Sesión Ordinaria del jueves 4 de diciembre, el Concejo Municipal aprobó desafectar del uso para la instalación de una planta de tratamiento de residuos sólidos urbanos a la fracción de terreno de 26 hectáreas, la cual se encuentra ubicada en la zona rural y fuera adquirida por la Municipalidad de Sunchales en julio de 2016.
Dicho espacio se encuentra ubicado al Norte del ejido urbano, al Oeste de la Ruta Nacional Nº 34 y al Norte de la Ruta Provincial Nº 280S, lindero a las vías del FFCC Mitre.
El proyecto había sido presentado en el mes de septiembre por los ediles Carolina Giusti, Laura Balduino, Santiago Dobler y Pablo Ghiano. Luego de una extensa exposición de fundamentos y debate, los cuatro autores votaron a favor de su aprobación, siendo los votos de los concejales Juan Ignacio Astor y Brenda Torriri negativos.
En el artículo Nº 2 de la nueva Ordenanza, se prohíbe la realización de cualquier obra, intervención, movimiento de suelo o preparación de infraestructura, cuando las mismas se encuentren vinculadas al proyecto de instalación del Complejo Ambiental o de una planta de tratamiento de residuos sólidos urbanos.
Toda obra ya iniciada en el terreno debe suspenderse dentro de un plazo máximo de setenta y dos (72) horas a partir de la promulgación, bajo apercibimientos de ley y haciendo personalmente responsables a las y los funcionarios que realicen actos administrativos o autorizaren acciones en contravención con las disposiciones establecidas en la norma local.
En el artículo Nº 3 se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar el correspondiente llamado a licitación pública, para la adquisición de un terreno destinado a la instalación y/o construcción de una planta de tratamiento de residuos, de acuerdo al pliego de Bases y Condiciones que debe definir el DEM con acuerdo del Concejo Municipal.
La Ordenanza establece además la creación de una Comisión Asesora, la cual tendrá a su cargo la evaluación y seguimiento del proceso de adquisición del terreno, como así también de los actos vinculados a la instalación y puesta en marcha de la planta, actuando en un todo de conformidad a las formas y facultades que prevea el reglamento que ésta dicte a tales efectos.
El Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Gestión Ambiental y Territorial, procederá a la constitución de la citada Comisión, previo al llamado a licitación. La misma estará constituida por el Intendente municipal o quien él designe, un Concejal por cada bloque, debiendo invitarse a participar a un representante de la Sociedad Rural, un representante del Centro Comercial, Industrial y de la Producción, y representantes de organismos públicos provinciales y nacionales vinculados a la temática ambiental.
Otros artículos
Artículo 4º: El o los terrenos que adquiera la Municipalidad deben estar en correspondencia con la evaluación de la Subdirección de Planificación Urbana y Desarrollo Territorial y/o las definiciones que se den en la legislación local, provincial y nacional rectora en materia de ambiente, con lo dispuesto por la Ordenanza de Usos del Suelo Nº 1294/99 y modificatorias, y/o en general con las características de aptitud necesarias para el destino u objeto de utilización previsto.
Artículo 5º: Toda adquisición de terrenos está condicionada a las aprobaciones definitivas del Estudio de Impacto Ambiental y de la Factibilidad Hídrica, debiendo el terreno a seleccionar reunir aquellas condiciones que no impliquen la realización de obras de mitigación cuya magnitud, complejidad o nivel de riesgo tornen imposible o inviable su ejecución.