Región

Sunchales: el Concejo Municipal analiza los detalles para la creación del Programa Integral de Movilidad y Conectividad urbana

Fernando Cattaneo, presidente del Concejo Municipal.
Crédito: Archivo Concejo

SUNCHALES ( De nuestra Agencia).- Como lo hiciéramos saber ayer, el Concejo Municipal derivó a comisión un proyecto para crear el Programa Integral de Movilidad y Conectividad Urbana, en la oportunidad diversos ediles hicieron uso de la palabra , con esta entrega ofrecemos las expresiones del presidente del Cuerpo, Fernando Cattaneo.

Podemos decir que tiene dos grandes ejes:

MEDIDAS DE ORDENAMIENTO VIAL

1) Estacionamiento en una sola mano: Establece que en todas las calles de sentido único del ejido urbano de la ciudad de Sunchales el estacionamiento vehicular se permitirá exclusivamente sobre la mano derecha conforme el sentido de circulación.

Esta medida tiene dos objetos:

- ordenar y optimizar el uso del espacio vial disponible, incrementando el espacio efectivo destinado a la circulación y mejorando las condiciones de seguridad y fluidez del tránsito, especialmente en aquellas arterias de menor sección de calzada.

- Asimismo, la restricción del estacionamiento sobre la mano izquierda permitirá liberar y reservar espacio vial para posibilitar la implantación progresiva de la Red Integral de Ciclovías

2) Señalización de Acceso y Control de Tránsito Pesado.

En cumplimiento de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 2971/2021 respecto del Circuito de Tránsito Pesado, el Departamento Ejecutivo deberá disponer la colocación de cartelería informativa y reglamentaria en todos los accesos a la ciudad de Sunchales, indicando:

a) Las restricciones vigentes para el ingreso y circulación de vehículos de gran porte, incluyendo explícitamente los horarios prohibidos para circulación.

b) El circuito habilitado para tránsito pesado.

c) La obligatoriedad de coordinación previa con la Guardia Urbana Sunchales (G.U.S.) para la circulación excepcional dentro del ejido urbano cuando corresponda, indicando los canales de contacto con la G.U.S.

La señalización deberá ajustarse a la normativa nacional y provincial de tránsito vigente y garantizar adecuada visibilidad diurna y nocturna.

3) Restricción de tránsito pesado. Modifícase el Circuito de Pesados (Z3) establecido en el artículo 7° de la Ordenanza Nº 2971/2021, excluyéndose a calle Montalbetti de las arterias que lo integran. En consecuencia, prohíbese la circulación de tránsito pesado por dicha arteria a partir de los diez días desde la publicación de la presente Ordenanza.

4) Infraestructura vial y programación de obras.

• La implementación de cordón central divisor en Avenida Hipólito Yrigoyen en los tramos faltantes entre calles Illia y Perú, y entre calles General Paz y Bolivia, previendo su inclusión en el presupuesto 2027 para realizarlo durante el mencionado año.

• La implementación de cordón central divisor en Avenida Belgrano entre calles Gabi Miretti y Río Negro, previendo su inclusión en el presupuesto 2027 para realizarlo durante el mencionado año.

• Remodelación del cantero intervenido en 2025 en la esquina de calles E. López y J. B. Justo, retrotrayendo a la situación previa, ampliando el espacio de calzada para permitir el correcto trazado de la ciclovía del Anexo II, previendo su inclusión en el presupuesto 2027 para realizarlo durante el mencionado año.

• Remodelación de los canteros intervenidos en 2023 sobre calle E. López e H. Yrigoyen, e Italia e H. Yrigoyen, ajustándolos para que una autobomba o ambulancia puedan transitar por dichas esquinas sin obstrucciones, previendo su inclusión en el presupuesto 2027 para realizarlo durante el mencionado año.

• Realizar y acreditar las gestiones para la ampliación del puente sobre el Canal Sur ante las dependencias provinciales o nacionales que correspondan, o cumplidos los requisitos administrativos que resulten exigibles, todo ello antes de finalizado el presente año 2026. Obtenidas las autorizaciones correspondientes, prever las partidas necesarias para su ejecución durante el ejercicio 2027, y de corresponder, incluirlo en el presupuesto 2027.

• La pavimentación de Avenida Sarmiento entre Láinez y República Argentina utilizando los fondos ya previstos en el presupuesto 2026 y/o previendo su inclusión en el presupuesto 2027 para realizarlo durante el año 2027.

• La pavimentación de Avenida Eva Perón previendo su inclusión en el presupuesto 2027 para realizarlo durante el mencionado 2027.

Estas intervenciones deberán priorizarse conforme el Plan Estratégico de Seguridad Vial creado por la Ordenanza Nº 3081/2023.

RED INTEGRAL DE CICLOVÍAS

• Etapa I – Ejercicio 2027: Corredores estructurales principales. Ejecución de aproximadamente ciento sesenta y seis (166) cuadras, equivalentes a 16,6 kilómetros, entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2027, priorizando los entornos escolares críticos, los corredores con mayor flujo vehicular y las intersecciones de mayor siniestralidad.

• Etapa II – Ejercicio 2028: Conectores barriales e integración intermedia. Ejecución de aproximadamente ciento cuarenta y tres coma cinco (143,5) cuadras, equivalentes a 14,35 kilómetros, entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2028, con el objetivo de garantizar la continuidad entre los corredores principales y completar la conectividad entre instituciones educativas y clubes.

• Etapa III – Ejercicio 2029: Cierre de red y tramos complementarios. Ejecución de aproximadamente ciento siete (107) cuadras, equivalentes a 10,7 kilómetros, entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2029, destinada al cierre de la red completa, la integración final con sectores periféricos y la consolidación de un sistema continuo.

Esta ordenanza pretende ser un compendio de una gran cantidad de ordenanzas relacionadas con la cuestión vial y que nunca han sido cumplidas:

Que el ARTÍCULO 22° de la Ordenanza 2971/2021 crea los Caminos Seguros destinados a garantizar trayectos autónomos y seguros hacia establecimientos educativos;

Que el ARTÍCULO 9° inciso 2 de la Ordenanza 3081/2023 sancionada el 12 de enero de 2023 dispone la planificación de ciclovías o bicisendas;

Que el ARTÍCULO 6° de la Ordenanza 3081/2023 establece como línea estratégica el fortalecimiento de infraestructura vial con énfasis en tránsitos vulnerables;

Que la Ordenanza Nº 3115/2023 sancionada el 6 de julio de 2023 creó la Red de Vías Seguras para Ciclistas y encomendó al Departamento Ejecutivo Municipal la realización progresiva de una red integrada de ciclovías, estableciendo asimismo criterios para su planificación y ejecución;

Lo paradójico es que el autor de esa ordenanza es el propio Ejecutivo Municipal

Ordenanza 2072/2011 que creaba el Fondo Especial para la Educación Vial y que luego fue modificada por la Ord. 2713/18 donde para a llamarse Fondo Especial para la Educación y la Infraestructura Vial ……..incorpora un inciso……. Construcción, mantenimiento o actualización de obras de infraestructura de seguridad vial

Lo recaudado en concepto de multas por el año 2025 ascendió a $ 77.279.367

Si proyectamos lo recaudado desde el 2011, año en que se puso en vigencia la Ordenanza 2072 que establece la creación de un Fondo Especial para la Educación e Infraestructura Vial podemos inferir que el ejecutivo recaudó más de $ 1200 millones de pesos a los que aplicándole el porcentaje del art.3 nos da un Fondo de $ 98 millones que no se aplicó para lo que establece la ordenanza.

Autor: 498978|

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