Región

Sunchales: la localización del Complejo Ambiental GIRSU y rechazo al veto del Intendente

Fernando Cattaneo durante su alocución.
Crédito: Archivo

SUNCHALES ( De nuestra Agencia).- Tal como lo adelantáramos , el pasado jueves, durante la sesión ordinaria del Concejo Municipal se produjo un extenso debate originado en la localización del Complejo ambiental, a continuación reproducimos los fundamentos ofrecidos al presentar el Proyecto de Resolución, suscripto por Fernando Cattaneo junto a Laura Balduino y Sebastián Nicolau.

Así se expresaba el Presidente del Concejo Municipal. No hay duda que este es un tema sensible para toda la comunidad, que tiene una larga historia que se remonta a más de 10 años, sobre el cual se ha dicho mucho, ha tenido incluso instancias de participación ciudadana

Lo que hoy se discute es el rechazo o aprobación del veto del intendente municipal a la ordenanza 3268 que propone la desafectación del actual terreno destinado para la instalación de la planta para la GIRSU.

Y probablemente, el principal argumento que tuvieron los concejales en aquel momento obedecía a la falta de información por parte de la Provincia al no remitir los expedientes que refieren a la evaluación hídrica y ambiental del terreno, información que fue solicitada mediante minuta de comunicación y que más allá del juicio personal que se tenga es una información indispensable para hacer una evaluación fundada.

La misma provincia que hoy incentiva al Municipio a avanzar en la instalación del GIRSU en el terreno en discusión es la que en 2018 en un informe de factibilidad hídrica solicitado por la Municipalidad de Sunchales había dictaminado que el lugar elegido se encontraba en una zona inundable y que sugería la elección de un lugar alternativo para su emplazamiento.

Y que ante la insistencia del gobierno municipal de instalar el relleno sanitario en dicho lugar se establecían las obras de mitigación que se debían realizar entre las que se destacan:

La elevación del camino de acceso, ejecutar alcantarillas, rectificación y ampliación de la capacidad de drenaje del bajo natural, elevación del terreno del relleno sanitario, construcción de un retardador pluvial, etc.

Para finalmente aprobar la factibilidad en el marco del art.15 de la Ley 11.730 pero aclarando que esa aprobación no otorga derecho a indemnización ni reconocimiento alguno por parte del Estado Provincial, dando a entender que se asume un riesgo importante e innecesario y que no responderían por las consecuencias generadas por eventualidades.

Yendo al terreno de orden práctico y hasta económico entiendo que es mucho más eficiente vender el lote actual y con el producido de dicha venta más los fondos provistos por la provincia poder adquirir un lote que reúna las características adecuadas para la instalación de un relleno sanitario evitando asumir riesgos innecesarios.

Otro punto a favor está dado en que la gestión actual del relleno sanitario, aunque lejos la ideal ha mejorado sustancialmente con respecto al pasado habiéndose eliminado focos de incendio y malos olores, lo que sin dudas le da un argumento más que sólido al intendente para plantear una prórroga al plazo de traslado de la planta, si así fuese necesaria, pero evitando de este modo que el remedio sea peor que la enfermedad.

Yendo a los argumentos vertidos por el Ejecutivo a la hora de justificar el avance sobre el terreno que hoy está en discusión:

1. Se dice que el sistema GIRSU ha sido exitoso en otras localidades. No pongo en tela de juicio eso, ni la tecnología que se utiliza para la disposición y tratamiento de los residuos.

Lo que planteo es la elección del lugar, un lugar cuyas características geológicas va a requerir una gestión milimétrica hiper eficiente para evitar catástrofes ambientales.

2. Otro de los argumentos esgrimidos es estar bajo la presión de una condena judicial. Diría que esto es un sincericidio desde el momento que se reconoce que por estar en esa situación hay que apresurarse a avanzar en un terreno que presenta innumerables dudas.

Yo desearía tener un intendente que, con el poder y las facultades que le dan su embestidura y el acompañamiento de casi toda la comunidad y el entramado institucional de la ciudad plantee con firmeza ante la justicia y ante la Provincia que es necesaria una relocalización de la planta de residuos protegiendo el futuro ambiental de nuestra ciudad. Nadie está interfiriendo u obstaculizando el traslado de la planta de tratamiento de residuos como se intenta decir en la sentencia judicial, nuestra responsabilidad es proteger nuestro medio ambiente y velar por la evitando todo riesgo que implique poner en peligro salud de nuestra comunidad,

3. En otra parte se menciona el compromiso asumido con la Provincia a través de un Convenio de Cooperación en donde textualmente dice que la provincia facilitará los recursos en la medida de posibilidad presupuestaria, es decir, ni existe siquiera un compromiso formal que obligue a una parte a aportar recursos y a la otra a exigir legalmente ante su incumplimiento. Nadie puede desconocer que nuestra realidad esta atravesada por vaivenes políticos y económicos que pueden truncar una decisión de la noche a la mañana. Que pasaría si se suspendiera el financiamiento provincial y se tendría que recurrir a aportes privados o de otros niveles del Estado…quién estaría dispuesto a invertir o aportar recursos para un proyecto ambiental en un terreno de esas características?

4. Otro de los argumentos es que el contribuyente sunchalense debería hacerse cargo de un estudio de factibilidad para determinar un lugar alternativo. A esta altura de los acontecimientos y con una camino recorrido lleno de dudas y contradicciones, creo que sería lo más prudente, convincente y hasta transparente la contratación de un profesional privado que de un juicio imparcial a una cuestión teñida de mucha sospecha

Incluso es interesante ver la historia y seguir las conductas del anterior gobierno municipal en todo este asunto.

Ante la presión de muchos ciudadanos e instituciones convoca a una audiencia pública en 2019 a efectos de recabar opiniones sobre la instalación del relleno sanitario para luego rechazar mediante un decreto las oposiciones formuladas, pero con posterioridad hace una llamado a licitación para la venta del terreno, fracasando en 2 intentos e incluso firma un boleto de compra venta para la compra de otro terreno ubicado en el sur-oeste de la ciudad sin resultados favorables por no conseguir las factibilidades hídrica e ambiental de la provincia.

Lo que quiero evidenciar es que el anterior gobierno, con todos sus desaciertos y contradicciones, también llegó al entendimiento que ese terreno no era apto para la instalación de un relleno sanitario.

Finalmente

Mas allá que no es el punto que se está tratando, una cuestión no menor es la figura jurídica mediante la cual la Municipalidad cede o transfiere el terreno al consorcio GIRSU.

A quien le van a pertenecer las mejoras por miles de millones de pesos que se hagan sobre ese terreno? Quienes serán los responsables por posibles daños y perjuicios?

El inmueble es propiedad del Municipio y hasta que no se cedan los derechos emergentes de la propiedad a través de un derecho de uso, usufructo, comodato, alquiler, etc., nadie que no sea la Municipalidad de Sunchales puede disponer de ese inmueble

En resumen:

La instalación de una planta de tratamiento en un terreno propenso a inundaciones representa un riesgo no solo para la operación de la planta, sino también para la salud y el bienestar de nuestros ciudadanos.

Estamos a tiempo para reorientar nuestros enfoques, promover una gestión responsable y en definitiva garantizar un futuro sostenible para nuestra ciudad.

Autor: 488151|

Estás navegando la versión AMP

Leé la nota completa en la web