SUNCHALES ( De nuestra Agencia).- Con esta entrega ofrecemos la postura del oficialismo presentada por la edil Brenda Torriri.
Consideramos que esta propuesta es contradictoria con las decisiones que este mismo Cuerpo ha adoptado recientemente y carece de la responsabilidad legislativa necesaria para abordar un tema tan sensible para nuestros vecinos.
En el caso de que un convenio haya sido aprobado previamente por una ordenanza, el Concejo podría emitir una nueva ordenanza que derogue o modifique la anterior, lo que podría tener como consecuencia la necesidad de rescindir el convenio, pero la acción de rescindirla sigue siendo competencia del Ejecutivo.
El Concejo tiene facultades de control y fiscalización sobre los actos del Ejecutivo. Esto significa que puede solicitar informes, interpelar a funcionarios y, en casos graves, incluso iniciar un juicio político. Si el Concejo considera que un convenio es perjudicial para el municipio, puede investigar la situación y exigir explicaciones al Intendente, pero no puede tomar la decisión final de rescindirlo directamente.
En el despacho aprobado la semana pasada, se determinó un plazo de noventa (90) días hábiles para que el Señor Intendente realice un relevamiento exhaustivo del alumbrado público y de otras necesidades de consumo eléctrico. El objetivo claro de este estudio es determinar de manera equitativa el cobro y pago del servicio de alumbrado público en la ciudad.
Sin embargo, el Proyecto de Ordenanza que tenemos ahora propone ordenar la rescisión y dejar sin efecto el convenio anexo a la Ordenanza N°544/1987 en un plazo improrrogable de tan solo 5 días hábiles.
Esto es, sin lugar a dudas, irresponsable, ¿Qué sentido tiene encargar un estudio técnico y exhaustivo de 90 días sobre el alumbrado público y su facturación si, apenas una semana después, se pretende rescindir unilateralmente el convenio en 5 días, sin esperar los resultados de ese mismo estudio?. Es una contradicción flagrante con lo votado la semana pasada y socava la seriedad de nuestro trabajo legislativo.
Esta manera de proceder nos lleva a concluir que no se ha estudiado el tema con la profundidad necesaria antes de sancionar una ordenanza de tal envergadura. Es fundamental que, antes de tomar una decisión que impacta directamente en los servicios públicos y en la economía de los vecinos, tengamos la información completa y analizada, que es precisamente lo que se propuso obtener con el relevamiento de 90 días.
Actuar de manera tan precipitada, sin contar con el informe del Departamento Ejecutivo que el propio Concejo solicitó, sería una muestra de improvisación y poca planificación.
Por todo lo expuesto, y en aras de la coherencia, la responsabilidad y el buen gobierno de Sunchales, nuestro bloque no acompañará el Proyecto de Ordenanza N°2881. Instamos a que se respeten los plazos y los procesos de estudio que han sido establecidos, para así poder tomar decisiones informadas y justas para nuestra comunidad.