SUNCHALES ( De nuestra Agencia).- En la última sesión del concejo Municipal ingresó una nota reclamando por medidas para el cobro del consumo del alumbrado público. Texto que fue leído por Secretaría y derivado a comisión. A continuación reproducimos la nota
De nuestra mayor consideración:
Los vecinos abajo firmantes, con domicilio en la ciudad de Sunchales, nos dirigimos a ese Honorable Cuerpo a fin de manifestar y solicitar lo siguiente:
1. Hechos
1. Que mediante Ordenanza N° 3249/2025 el Concejo Municipal dispuso la
derogación de la Ordenanza N° 544, dejando sin efecto el convenio oportunamente celebrado con la DPE, hoy Empresa Provincial de la Energía (EPE) para la percepción del concepto de alumbrado público dentro de la factura del servicio eléctrico.
2. Que posteriormente, mediante Ordenanza N° 3252/2025, el Concejo Municipal rechazó el veto formulado por el Departamento Ejecutivo Municipal respecto de la Ordenanza N° 3249/2025, quedando firme la voluntad legislativa expresadapor el cuerpo.
3. Que, sin perjuicio de ello, al día de la fecha continúa observándose en facturas emitidas a usuarios de la ciudad de Sunchales la inclusión del concepto
"Alumbrado Público", circunstancia que genera preocupación respecto del efectivo cumplimiento e implementación de las ordenanzas mencionadas.
II. Derecho
Fundamos la presente en las facultades de control y contralor institucional previstas por la Ley Provincial N° 2756, modificada por la Ley 14.436, así como en los principios de publicidad de los actos de gobierno, participación ciudadana y acceso a la información pública reconocidos por la Constitución Nacional y la Constitución de la Provincia deSanta Fe.
Cabe aclarar que la presente solicitud no implica en modo alguno una oposición al sostenimiento económico de los servicios públicos municipales ni una intención de
eludir el pago de obligaciones vinculadas al servicio de alumbrado público, sino exclusivamente el legítimo interés de los vecinos en que los mecanismos de percepción, facturación y cobro se ajusten estrictamente a las ordenanzas vigentes y a criterios de legalidad, razonabilidad y equidad para todos los contribuyentes de la ciudad.
III. Petición
Por todo lo expuesto, solicitamos:
1. Se tenga por presentada la presente nota y por constituidos los domicilios correspondientes.
2. Se requiera al Departamento Ejecutivo Municipal informe el estado actual de las actuaciones administrativas vinculadas a la implementación y cumplimiento de las Ordenanzas N° 3249/2025 y 3252/2025.
3. Se informe si se han realizado comunicaciones formales ante la Empresa Provincial de la Energía (EPE) tendientes a determinar, adecuar o instrumentar una nueva fórmula de cálculo y percepción del costo correspondiente al servicio de alumbrado público, a fin de garantizar criterios de legalidad, razonabilidad y equidad para los contribuyentes de la ciudad, acompañando copia de las actuaciones administrativas correspondientes.
4. Se informe cuáles son las medidas adoptadas o previstas por el Departamento Ejecutivo Municipal a efectos de garantizar el efectivo cumplimiento de las ordenanzas mencionadas.
5. Se requiera al Departamento Ejecutivo Municipal arbitrar los mecanismos administrativos necesarios para garantizar la efectiva implementación de las Ordenanzas N° 3249/2025 y 3252/2025, informando a este cuerpo y a los vecinos firmantes las medidas adoptadas dentro del plazo de diez (10) días hábiles administrativos.
6. En caso de persistir el incumplimiento se inicien las acciones de contralor, responsabilidad política y administrativas necesarias previstas por Ley que corresponden al cumplimiento de deberes de funcionarios públicos.
IV. Reserva
Los vecinos firmantes, así como todos aquellos ciudadanos que oportunamente decidan acompañar el presente reclamo institucional, se reservan el derecho de promover las acciones necesarias que pudieran corresponder en caso de persistir la falta de implementación efectiva de las Ordenanzas mencionadas o de no obtenerse respuesta dentro del plazo indicado, todo ello a fin de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y la adecuada tutela de los derechos e intereses involucrados.