SUNCHALES ( De nuestra Agencia).- El concejal Santiago Dobler, en la última sesión ordinaria que tuvo lugar el pasado jueves presentó un proyecto de Ordenanza que busca modificar el funcionamiento de las comisiones vecinales.
En el primer artículo se dispones- modificar el artículo 17° de la Ordenanza N°1303/2000 el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 17º) - No podrán integrar la Comisión Directiva:
1. Los miembros del Concejo Municipal y su personal dependiente;
2. Los miembros del Departamento Ejecutivo Municipal;
3. Los funcionarios y empleados jerarquizados de la Municipalidad o de sus entes autárquicos o descentralizados y todo aquel personal que desarrolle funciones equivalentes a las de los cargos señalados;
4. Las personas declaradas incapaces legalmente y los fallidos y concursados que no hubieren obtenido su rehabilitación;
5. Las personas que mantengan obligaciones vencidas con el Municipio y no hayan regularizado su situación mediante convenio o pago, o en su defecto, lo hayan inclumplido.
Se considerará regularizada la deuda cuando el contribuyente haya suscripto un plan de facilidades de pago y se encuentre cumpliendo en término las cuotas convenidas.”
En el segundo artículo se incorpora como Artículo 17 bis) a la Ordenanza N°1303/2000 el siguiente texto:
Artículo 17 bis) – Comunicación y adecuación:
El DEM tiene un máximo de cinco (5) días posterior a la promulgación de la presente para comunicar oficialmente a todas las Comisiones Vecinales la modificación introducida por el artículo 17°, inciso 5), de la presente norma y los nombres de los integrantes que mantengan obligaciones vencidas con el Municipio y no hayan regularizado su situación mediante convenio o pago, o en su defecto, lo hayan incumplido, otorgándoles diez (10) días para ser reemplazados.
Los integrantes de las Comisiones Vecinales que se encuentren alcanzados por dicha disposición disponen de un plazo de treinta (30) días corridos a partir de la notificación para regularizar su situación ante el Municipio, según lo establecido en el artículo anterior.
Vencido dicho plazo sin que se cumpla la regularización, los vecinos afectados quedarán automáticamente inhabilitados para continuar integrando la Comisión Directiva.
FUNDAMENTACIÓN
Dobler así se expresó al presentar su proyecto.El presente proyecto tiene por objeto adecuar y precisar las condiciones de elegibilidad para integrar las Comisiones Vecinales, a fin de fortalecer su legitimidad institucional, la transparencia en su composición y la coherencia con los principios generales de responsabilidad ciudadana en la gestión pública comunitaria.
En ese sentido, se actualiza el artículo 17° de la Ordenanza N°1303/2000 incorporando la inhabilidad de quienes mantengan obligaciones vencidas con el Municipio sin regularización vigente. Esta previsión no persigue un fin recaudatorio, sino el resguardo del principio de ejemplaridad y de igualdad entre quienes cumplen —ya sea estando al día o respetando convenios de pago vigentes— y aquellos que pretenden ocupar cargos de representación barrial sin hacerlo. Resulta incompatible que quienes deciden sobre recursos y gestiones ante el Estado mantengan deudas en mora frente al mismo.
Asimismo, se establece un procedimiento claro para la comunicación, regularización y eventual reemplazo, otorgando plazos razonables para subsanar la situación y evitando decisiones arbitrarias. De este modo se garantiza seguridad jurídica, igualdad de trato y previsibilidad para todas las Comisiones Vecinales.
La modificación propuesta contribuye a mejorar la calidad institucional de los cuerpos de participación ciudadana, asegurando que estén integrados por vecinos en condiciones formales adecuadas y reforzando la confianza de la comunidad en estos espacios de representación barrial.