Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido
Información General Domingo 8 de Abril de 2018

Marihuana: condiciones para el cultivo en Argentina

El Gobierno nacional definió los requisitos para habilitar los predios en los que se podrá sembrar marihuana. A través de una resolución del ministerio de Seguridad, se determinó que la marihuana se debe destinar a la investigación médica y científica, tal como lo establece la Ley de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados.

Agrandar imagen FOTO INTERNET
FOTO INTERNET Crédito: CULTIVO DE MARIHUANA. El Gobierno nacional se refirió a los predios en los que se podrá sembrar Cannabis.
Redacción

Por Redacción

La norma establece el marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados.

INSPECCIONES

Los terrenos en los que se cultivará la marihuana serán sometidos a inspecciones a cargo del ministerio de Seguridad, que dispondrá de personal capacitado para tales efectos y elaborará un informe que contenga un sistema de seguridad apto para el uso eficiente de los recursos.

De acuerdo a información brindada por Minuto1, se contemplarán condiciones como la situación medio-ambiental y poblacional de las zonas linderas; las vías de aproximación y escape; el sistema de guardia y la estructura edilicia, entre otros aspectos.

¿Cuáles son las condiciones de seguridad?

* Inspección y estudio de seguridad: cada predio deberá someterse a una inspección y a un estudio de seguridad efectuado por personal del ministerio encabezado por Patricia Bullrich, el cual elaborará un informe indicando un sistema de seguridad que permita el uso eficiente de los recursos disponibles para su optimización.

* El Conicet y el INTA deberán adecuar las medidas de seguridad de los predios e instalaciones a las pautas realizadas por el ministerio de Seguridad.

* Areas de seguridad restringida: los predios e instalaciones usados áreas de seguridad restringida, que comprenden los puntos y las áreas que pueden ser traspasados o en los que pueden ingresar exclusivamente aquellas personas y/o vehículos que posean autorización otorgada por la autoridad competente.

* La inspección y el informe de seguridad deberán abordar los siguientes aspectos: la situación medio ambiental y poblacional de las zonas linderas, las vías de aproximación y escape, las barreras perimétricas exteriores e interiores, los accesos, la iluminación, las medidas de seguridad en los puestos de ingreso y egreso, la guardia y el sistema de guardia, la estructura edilicia para la instalación de invernaderos, el sistema de detección de intrusiones y cualquier otra circunstancia relevante para el fortalecimiento de la seguridad.

Seguí a Diario La Opinión de Rafaela en google newa

Los comentarios de este artículo se encuentran deshabilitados.

Te puede interesar

Teclas de acceso