Por Amado Raspo
Si un hecho que me conmueve, es que a un inocente se lo tenga en la cárcel porque hay plazos procesales que respetar.
Nuestra Constitución de 1853 decía en un párrafo: "las cárceles de la Nación serán para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas; y toda medida que conduzca a mortificarlos, más allá que las mismas leyes establezcan hará responsable al funcionario que las autorice".
Completamente de acuerdo, pero por otra parte, lo común es ver en los diarios "fulano de tal: se lo procesa, por tal o cual delito; hasta los Tribunales se expidan deberá permanecer detenido".
Desde luego aquí también rigen los plazos, pero ellos no deben ser tan prolongados, de tal modo que los plazos procesales quedan convertidos en "pena".
Es común leer que un juicio duró... años, lo cual no puede ser; si hay causas suficientes se lo debe condenar en el menor plazo posible, desde luego que se deben respetar todas las garantías de defensa en juicio, pero los plazos deben respetarse, de allí el grave concepto que merece nuestra Justicia.
Entonces, a trabajar, ya sean los jueces, secretarios, defensores, etc. etc. para que la Justicia se aplique rápido.
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