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Información General Viernes 1 de Diciembre de 2017

Provincia: prohiben venta de marca de miel

La Assal prohibió la comercialización de una marca de miel en toda la provincia, y se produjo el decomiso del producto por ser un "alimento falsificado conforme lo establecido en el articulo 6 inciso 8 del Código Alimentario Argentino".

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FOTO INTERNET Crédito: PROHIBIDA. En la provincia está vedada la venta de esta marca de miel.
Redacción

Por Redacción

El Ministerio de Salud provincial, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL), prohibió la comercialización en todo el territorio provincial de la miel de abejas "El Atardecer", de la localidad de Chajarí, Entre Ríos, por ser un "alimento falsificado conforme lo establecido en el artículo 6 inciso 8 del Código Alimentario Argentino ".

La medida incluyó el decomiso del producto tras la toma de muestras simples, en bocas de expendio en establecimientos de Villa Ocampo y Villa Ana, en nuestra Provincia, que determinaron que correspondería a la jurisdicción de Corrientes.

Frente a ello, la ASSAL por medio del Sistema de Información Federal para la Gestión y el Control de los Alimentos (SIFeGA) realizó consultas a la Dirección de Bromatología de esa Provincia, la que respondió que los registros nacionales de Establecimiento y de Productos Aliimentaricios "son existentes correspondiendo el RNE a un establecimiento denominado CAEMC de la población correntina de Monte Caseros y el RNPA a un producto alimenticio denominado Miel marca CAEMC".

Da cuenta diario Uno, que a su vez los informes de laboratorios de la Agencia concluyeron que la rotulación "no es conforme a lo establecido en el Capítulo V del Código Alimentario Argentino (CAA), ley Nº 18.284/1969, con motivo que el RNE y RNPA indicados pertenecen a un establecimiento de la provincia de Corrientes y no a la localidad de Chajarí como se observa en el rótulo", precisó el director de la Assal, Eduardo Elizalde.

PRODUCTO "FALSIFICADO"

Por lo tanto, "el presunto producto alimenticio carece de trazabilidad que permita identificar el proceso de elaboración, distribución y transporte del mismo", enfatizándose que además "se trataría de un producto alimenticio falsificado según el articulo 6º inc. 8 del CAA", siendo en consecuencia necesario "establecer una medida preventiva con la finalidad de reducir y/o eliminar los peligros/riesgos que generan los mismos".

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