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Locales Lunes 11 de Agosto de 2025

El concejal Rolando propone un nuevo Código de Faltas para reemplazar al que rige desde hace casi 50 años

La semana pasada presentó un proyecto que comenzará a tratarse este lunes en la reunión de comisiones del Concejo. El antiguo Código de Faltas, aún vigente, propone incluso hasta 30 días de arresto para determinadas contravenciones.

Agrandar imagen El concejal Augusto Rolando trabajó junto a los jueces municipales y con el respaldo del secretario de Gobierno, Germán Bottero, para elaborar el proyecto.
El concejal Augusto Rolando trabajó junto a los jueces municipales y con el respaldo del secretario de Gobierno, Germán Bottero, para elaborar el proyecto. Crédito: ARCHIVO

¿Sabían que el Código de Faltas Municipal de Rafaela, que contempla multas y sanciones por infracciones de tránsito, higiene urbana, funcionamiento de comercios y construcciones, está vigente desde los años 70?

En el Título II sobre Penas, en el artículo 12, establece que “el juez de faltas podrá aplicar las siguientes penas: amonestación, multa, arresto, comiso, secuestro, desalojo, clausura e inhabilitación”. “Las penas de multas no excederán de cincuenta mil pesos (párrafo modificado por Decreto Ordenanza 4.597 del 16 de septiembre de 1976). Las penas de arresto no excederán los 30 días”, amplía.

Al menos en el Artículo 18 brinda una alternativa a una pena de cárcel. “El arresto domiciliario podrá decretarse en todos los casos que se refieran a personas de buenos antecedentes”.

El concejal Augusto Rolando ingresó la semana pasada un proyecto de ordenanza que promueve una profunda reforma del Código de Faltas y que comenzará a tratarse en la reunión de comisiones del Concejo de este lunes a partir de las 10:00. Previamente, los concejales recibirán la subsecretaria de Auditoría, Evaluación y Transparencia del Municipio, Silvina Imperiale, para dialogar sobre el avance de la denuncia de cubiertas, protocolos y vales de disposición final de neumáticos desde la asunción de la nueva gestión y el estado de la auditoría externa.

"El marco normativo vigente ha quedado desfasado frente a las nuevas realidades de la ciudad", sostiene la iniciativa impulsada por Rolando, de 17 carillas, en sus considerandos.

“El Código de Faltas, por su propia definición, establece las normas y sanciones aplicables a aquellas conductas que afectan el orden público y la convivencia social en la ciudad, cumpliendo una función esencial: preservar la moral pública mediante la definición y regulación de comportamientos considerados reprochables, aunque no constituyan delitos”, afirma. “Atendiendo a esta definición, se pone de manifiesto la importancia que reviste este instrumento para la ciudad, en tanto regula aspectos fundamentales de la vida cotidiana, no limitándose únicamente a cuestiones vinculadas al tránsito sino también abarcando infracciones que pueden producirse en el ámbito de eventos sociales, actividades comerciales y el funcionamiento de distintas instituciones locales”, agrega.

Rolando recuerda que en la actualidad rigen “en la ciudad de Rafaela los Decretos-Ordenanza N° 3.685 y N° 3.686, sancionados en los años 1970, constituyendo un cuerpo normativo no solo obsoleto por su antigüedad, sino también elaborado en el contexto de un gobierno nacional de facto, sin legitimidad democrática”. Es que ambas normas datan de septiembre de 1976.

La antigüedad de esta normativa provoca que numerosas situaciones actuales no cuenten con sanciones posibles debido a que el funcionamiento de la ciudad ha cambiado sustancialmente en los ultimes cuarenta años. Esto genera que, ante determinadas infracciones, los Jueces de Faltas se vean imposibilitados de aplicar multas, sanciones u otras medidas, dado que esas conductas no se encuentran contempladas en el Código vigente”, plantea.

Asimismo, el proyecto de ordenanza advierte que “muchos de los preceptos contenidos en el actual Código de Faltas presentan serias objeciones de constitucionalidad”. “A modo de ejemplo, el régimen vigente contempla la posibilidad de disponer el ‘arresto’ por el solo hecho de adeudar una multa, así como también niega expresamente la aplicabilidad de la libertad condicional en materia de faltas, lo cual resulta incompatible con los principios del derecho constitucional y del derecho administrativo sancionador moderno”, subraya.

En los considerados expresa que “la ciudad de Rafaela ha experimentado una profunda transformación en las últimas décadas, pasando de una población aproximada de 60.000 habitantes en la década de 1970 a más de 100.000 en 2025, con un crecimiento sostenido en cantidad de barrios, actualmente 42, además de un importante incremento del parque automotor y de las actividades comerciales y sociales”.

“Frente a este escenario de cambio y crecimiento urbano, resulta imprescindible avanzar en un proceso de actualización integral del Código de Faltas, ya que el marco normativo vigente ha quedado desfasado frente a las nuevas realidades de la ciudad, volviéndose ineficaz y desconectado de las necesidades actuales en materia de regulación de la convivencia urbana”, resalta el proyecto de Rolando.

En tal sentido, indica que “estamos atravesando una era de profundos cambios tecnológicos, donde la informática y la digitalización avanzan a un ritmo vertiginoso, superando muchas veces la capacidad de respuesta de la normativa vigente; en este contexto, es indispensable que las normas acompañen esta evolución dinámica, adaptándose a nuevas realidades sociales, culturales y tecnológicas”. En esta línea, señala que “el desarrollo tecnológico ha permitido la incorporación de nuevas herramientas de control y fiscalización en el espacio público, como cámaras de videovigilancia, sensores inteligentes, softwares de inteligencia artificial, sistemas de monitoreo que permiten verificar el cumplimiento de normas relacionadas con el tránsito, el uso adecuado de plazas, parques y demás espacios comunes”.

“También se han diversificado los canales de comunicación entre la ciudadanía y los Juzgados de Faltas, incorporando medios digitales que permiten facilitar el acceso a la justicia administrativa. Hoy es posible realizar gestiones y descargos no solo de manera presencial, sino también mediante correo electrónico, mensajería instantánea (como WhatsApp) y otras plataformas digitales, herramientas que deben ser reconocidas y reguladas formalmente por el marco normativo local”, explica Rolando en su proyecto.

Los cambios en la legislación provincial y nacional en todos los órdenes, en especial en materia de tránsito, “representan un marco de referencia clave para el presente proceso de actualización y adecuación del Código de Faltas de nuestra ciudad”. En este marco se inscribe, por caso, la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y en el plano provincial, la Ley N° 13.169 -sancionada en el año 2010 que dio forma al nuevo Código de Faltas de Tránsito de la provincia de Santa Fe, con su modificatoria a través de Ley N° 13.899.

Rolando destaca que “el proyecto para el nuevo Código de Faltas se ha concebido en consonancia con los principios fundamentales del derecho administrativo sancionador moderno y el respeto por los derechos humanos, garantizando el debido proceso, la proporcionalidad de las sanciones, y la posibilidad de instancias recursivas, de acuerdo con los estándares nacionales e internacionales vigentes”.

Por último, remarcó que es necesario “avanzar en una reforma integral del Código de Faltas local, a fin de dotar al Estado municipal de un marco normativo moderno, constitucional y eficaz, que permita responder de forma ágil y justa a las infracciones que afectan la convivencia urbana, y que al mismo tiempo esté alineado con los nuevos paradigmas sociales, culturales y tecnológicos del siglo XXI”. “Esta actualización fortalecerá tanto la capacidad operativa de las áreas competentes como la construcción de una ciudadanía más responsable y una convivencia democrática más sólida”, concluyó.

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