Por Jorge Nihoul (*)
Recientemente se ha dado el hecho de una madre que abandonó a su bebé en un tacho de basura. El bebé fue encontrado con vida. El tremendo caso da lugar para hablar sobre la culpabilidad de la madre, sobre la posible madre sustituta y, en especial, sobre la criatura y sus derechos. Con la finalidad de aportar algunos conceptos que puedan aplicarse para la valoración de cada uno de esos tres protagonistas se ofrecen las siguientes consideraciones.
No existe ningún derecho “per se”, según puede decirse pensando con originalidad, es decir, sin condicionamientos culturales, y sin tener en cuenta cualquier legislación al respecto.
El niño al nacer nada merece, nada ha hecho, y nada le exige la sociedad. Y esa carencia de derechos seguirá rigiendo en calidad de ley natural hasta el momento en que ese nuevo ser pueda hacer algo a favor de los demás. A partir de ese momento surgirán, naturalmente, sus derechos en la medida que los merezca.
El caso de los madres/padres, ellos tampoco tienen derechos, tienen, solamente, obligaciones. Desde la Revolución Francesa han ido surgiendo una cantidad exagerada de derechos. Antes de esa revolución todas eran obligaciones; solamente las monarquías poseían derechos.
Entonces tendríamos que no existe el derecho a tener hijos, pero sí la obligación de amarlos. Este principio rige en especial para la mujer quien, desde su pensamiento biológico inconsciente, siente el deseo, la necesidad de ser madre. En el hombre ese mismo pensamiento biológico inconsciente tiene otro carácter, pues su función procreadora concluye con la eyaculación. Los espermatozoides correrán presurosos hacia el encuentro con un óvulo que los espera y los atrae ansiosamente. No obstante existen hombres con mayor número de receptores de la oxitocina que les hacen sentir un deseo y un apego cercano al propio del sentir maternal. Pero la mayoría de los hombres se resisten al pago de la cuota alimentaria, ese dinero prefieren gastarlo en otra mujer. No son totalmente culpables. La culpa es de Natura, del diseño biológico para cada caso. Cultura suele no ser suficiente para enmendar los errores de Natura. La llamada educación sexual siempre será insuficiente. La química cerebral es soberana.
Este preámbulo no es superfluo ya que no es tenido en cuenta por la legislación.
Desde otro ángulo hay que decir que un hijo debe ser, ante todo, deseado. Una madre biológica no tiene derecho ni obligaciones si no lo ha deseado. Si se le impusiera la obligación de criarlo se tendría como resultado un hijo maltratado. Una madre sustituta tampoco tiene algún derecho, ella no lo ha gestado, pero sí tiene la obligación de amarlo.
Para comprender la causa que origina los hijos no deseados hay que apelar a los conocimientos de la química cerebral. Por eso debe entenderse que la mujer responde a la excitación sexual con el deseo inconsciente de ser inseminada. La oxitocina bloquea las amígdalas cerebrales en función de alerta ante el peligro y la corteza prefrontal es también inhibida. Esto explica la creación de la píldora del día después, cuando recién surge la consciencia de la responsabilidad del acto. Para el hombre no es necesaria ninguna inhibición especial, él es irresponsable como el macho animal que copula y se va. Esto es propio, también, de su química cerebral. Estas diferencias varón-mujer también hacen que la mujer, después del acto, quiera continuar mientras el hombre sólo quiera dormir o irse. Esta actitud es mal interpretada por la mujer, ella suele pensar que ese hombre no la quiere.
En resumen, la Justicia debe dirimir el caso resolviendo a favor de quien esté en las mejores condiciones para amar al bebé. Debe declararse a favor del bebé, no porque él posea derechos, sino porque tiene necesidades que él mismo no las puede satisfacer. Por otra parte, la madre biológica no debería ser penalizada desde el momento que una mujer en su sano juicio jamás podría hacerlo, su química cerebral se lo impide. Los casos aberrantes se dan en madres que, en esos momentos, padecen un estado de psicosis transitoria, producto de un estrés traumático crónico provocado por esos nueve meses de gestación de un hijo no deseado. Los genes son de orden secundario en el sentido de ser un vínculo absoluto. El bebé, privado de su madre biológica, tiene su propia identidad genética sin importar que sus progenitores lo amen o no, que estén vivos o muertos. Lo definitivo es el bienestar del bebé, aun cuando él no posea derechos “per se”.
(*) Desde Córdoba.
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