Por Jorge Horacio Gentile
El mensaje presidencial con el que se pretende dividir en dos al Poder Judicial, colocando entre los elegidos, a los jueces “legítimos”, fieles a sus políticas, y del otro, a los réprobos, acusados de “corporativos”; nos plantea a los ciudadanos un serio interrogante: ¿qué juez nos gustaría que nos juzgue?
La elección es por demás acotada, si razonamos como lo hacía Alexander Hamilton cuando afirmaba que son: “pocos los hombres, en cada sociedad, suficientemente versados en materia de leyes para estar capacitados para las funciones judiciales. Y si descartamos lo que corresponde a la perversidad natural del género humano, han de ser menos aún los que unan a los conocimientos requeridos, la integridad que debe exigirse”
Hoy, según como actúan los jueces, los calificamos de: oficialistas o independientes; valientes o temerosos; muy habladores o silenciosos; exageradamente aferrados a la ley o a los hechos; conservadores o liberales; formalistas, garantistas o activistas. Algunos nos recuerdan a Júpiter, porque juzgan desde el Olimpo, otros a Hércules, porque pretenden cargar sobre sí con el mundo; y no faltan los identificados con Poncio Pilatos, porque se lavan las manos cuando tienen que jugarse.
Especialmente cuando integran tribunales colegiados encontramos que muestran sensibilidades o actitudes diferentes si son varones o mujeres; jóvenes, maduros o ancianos; o cuando son oriundos de distintas zonas o pertenecen a diferentes sectores de la jurisdicción en la que les toca actuar (es el caso de los porteños o provincianos), o por ser especialistas en ramas diferentes del derecho.
Los jueces, que me gustaría que me juzguen, deberían despertar confianza, ser imparciales, tener la sabiduría de los que han vivido intensamente la vida y estar comprometidos con:
• La justicia, que para Ulpiano: "es la constante y perpetua voluntad de dar (conceder) a cada uno lo suyo". Y como la describe John Rawls, "es la primera virtud de las instituciones sociales, así como la verdad es a los sistemas del pensamiento.”
• El derecho, cuyo contenido resumían los romanos en los preceptos: "vivir honestamente, no dañar a otro y dar a cada uno lo suyo", en pocas palabras en la recta conducta.
• La defensa de los derechos humanos, que protegen, especialmente la libertad, la vida y el trabajo de la persona, además del medio ambiente.
• La democracia constitucional, que implica respeto: al gobierno representativo y republicano, con elecciones libres, división de poderes, responsabilidad de los mandatarios y publicidad de sus actos; a la libertad de expresión; a los principios de subsidiariedad, fundamento del federalismo y de la autonomía municipal y regional, y de igualdad ante la ley; y sus decisiones no deben desentenderse del bien común.
Pero, además, como bien nos recordaba Germán Bidart Campos: “el juez es el administrador de la Justicia; con ley, sin ley, o contra la ley. Porque el valor Justicia prevalece sobre la ley y nuestra Constitución así lo deja entrever a quienes saben comprenderla cuando manda en el Preámbulo afianzar la Justicia. Con ley, sin ley o contra la ley.”
Por eso, en la democracia constitucional, la voluntad popular está por sobre las decisiones que toman los legisladores y los tribunales, por lo que la Constitución, sancionada por los representantes del pueblo, debe ser aplicada por los jueces cuando las leyes o decretos la contradigan. Lo que llamamos “control de supremacía de la constitución” o “control de constitucionalidad”.
Quienes imparten justicia deben estar dispuestos a buscar la verdad y a actuar con:
• prudencia, para lo cual deben ser muy humanos, demás de independientes, informados, sabios, cultos, generosos, abiertos y claros al expresarse, en forma oral o escrita;
• templanza, para lo que deben ser equilibrados en sus juicios y en el trato a quienes juzgan;
• fortaleza, lo que implica: carácter y valentía; y que deben ser trabajadores, estudiosos, expeditivos, estar actualizados y un buen manejo de los medios electrónicos;
• conocimiento de la ciencia del derecho, de las leyes, de la jurisprudencia.
Además, no deben ser fundamentalistas, ni tener alguna incapacidad física o psíquica, o adicciones, que le alteren el buen juicio y la posibilidad de desempeñarse debidamente en su función; ni estar fuertemente endeudados, o que tengan algún otro problema personal grave que pueda afectarlo en su buen desempeño. Su dedicación debe ser de tiempo completo. Sus preferencias políticas no deben manifestarlas.
Como puede verse la respuesta es por demás exigente. No sé si encontraremos en nuestros tribunales jueces que reúnan todas estas calidades, pero como bien decía Calamandrei: "Los jueces son como los que pertenecen a una orden religiosa. Cada uno de ellos tiene que ser un ejemplo de virtud, si no quiere que los creyentes pierdan la fe”,
Córdoba, mayo de 2013.
(*) Es profesor emérito de la UNC y catedrático de Derecho Constitucional de la UCC y fue diputado de la Nación.
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