Por REDACCION
SUNCHALES (De nuestra Agencia). - En la última sesión ordinaria tuvo ingreso un proyecto de Ordenanza, elaborado por los ediles demoprogresistas María Alejandra Bugnon de Porporatto y Horacio Bertoglio, por el que requieren: Adhiérase la Municipalidad de la ciudad de Sunchales a la Ley Provincial Nº 13.891 de adhesión a la Ley Nacional N° 27499 conocida como “Ley Micaela”, por la cual se establece la capacitación obligatoria en los temas de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que trabajan en la función pública.
* Es Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza, la Coordinación de Promoción de Derecho o aquella que en un futuro la reemplace, en conjunto con las áreas de género y diversidad sexual, si existiesen.
*Son objetivos de la presente Ordenanza:
a) Incorporar el enfoque de género en forma transversal a todas las áreas y dependencias municipales.
b) Identificar los roles y estereotipos de género que inciden en las prácticas personales, profesionales e institucionales.
c) Conocer los recursos del Estado para la prevención y atención de la problemática, a fin de brindar el adecuado asesoramiento e información a las mujeres en situación de violencia.
d) Reconocer los signos de violencia hacia las mujeres.
e) Conocer los recursos básicos de orientación adecuada en situación de violencia de género.
* Las personas que se negaren sin justa causa a realizar las capacitaciones previstas en la presente deben ser intimadas en forma fehaciente por la Autoridad de Aplicación a través y de conformidad con la superioridad jerárquica de que se trate.
El incumplimiento de dicha intimación es considerado falta grave en actos de servicio dando lugar a la sanción disciplinaria pertinente conforme las disposiciones de la Ley Provincial Nº 9286.
*Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar los convenios necesarios con instituciones de reconocida trayectoria y prestigio en la temática, a efectos de garantizar formación supervisada, profesional y técnica en la materia.
* La primera de las capacitaciones debe realizarse dentro de los noventa días de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.
Anualmente, durante el mes de marzo, la Autoridad de Aplicación debe enviar al Concejo Municipal su plan integral de capacitación para el año en curso.
*Anualmente la Autoridad de Aplicación debe informar al Concejo Municipal de Sunchales, los convenios realizados, materiales utilizados, cantidad y porcentaje de personas capacitadas desagregados por Secretarías y sector al que pertenece, edad, género, categoría y cargo. En forma separada se debe informar al Concejo Municipal el listado, contenido y fechas de las capacitaciones realizadas a las y los funcionarios/as capacitados/as.
El proyecto fue fundamentado por la concejal autora del proyecto, remarcando que la violencia contra las mujeres es una problemática social multicausal que debe encararse desde diferentes campos y de manera transdisciplinaria. Las intervenciones efectivas emplean métodos diversos (por ejemplo, campañas en los medios de comunicación combinadas con capacitación en grupo sobre igualdad de género; capacitaciones a los organismos de gobierno y no gubernamentales; articulaciones con actores clave, entre otras) y varios niveles (sociales, comunitarios, familiar/relacional, e individuales), de manera complementaria entre sí. Es decir, se aborda desde distintos sectores, distintos ámbitos y distintos niveles, para lograr una mayor comprensión de esta problemática en la que, si bien la cara visible es el daño que provoca en las mujeres y niñas, la base está en la desigualdad estructural entre mujeres y varones, y afecta a toda la sociedad.
Es importante generar conciencia sobre la violencia contra las mujeres como manifestación de la discriminación que las afecta, su magnitud, sus consecuencias negativas para las sociedades en su conjunto, y también brindar herramientas para la prevención. Sin embargo, no basta con tomar conciencia, sino que debe complementarse con acciones permanentes de capacitación y sensibilización a toda la comunidad, en este caso, a todos los servidores públicos.
También, se torna imprescindible abordar las causas fundamentales del problema, es decir, la discriminación y las desigualdades por motivo de género, las normas sociales que toleran la violencia contra las mujeres, los roles y estereotipos de género que promueven la desigualdad genérica.
En la medida en que se avanza en la información y sensibilización, se produce el empoderamiento de las mujeres y se potencian sus aptitudes y recursos personales, se progresa tanto hacia la igualdad de oportunidades y derechos como a la inclusión de la diversidad en las instituciones.
En este sentido, integrar el enfoque de género en los organismos gubernamentales contribuye a la elaboración e implementación de directrices institucionales, orientadas a favorecer la igualdad de oportunidades. Además, posibilita no solo reflexionar sobre las cuestiones culturales en torno a la temática, sino también promover la prevención de situaciones de discriminación y violencia contra las mujeres (Ley 26485).
Actualmente, se identifican violencias en todos los ámbitos y su correlativo impacto en los espacios públicos, educativos, laborales, gremiales, entre otros, lo que convierte esta tarea en una responsabilidad colectiva en la que los efectores de política pública cumplen un rol fundamental.
En cuanto a la capacitación que se propone a través de la siguiente ordenanza, el 18 de diciembre del 2018, con 171 votos a favor y uno en contra en Diputados y sancionada por el Senado por unanimidad, se creó la normativa que estipula la formación del Programa Nacional Permanente de Capacitación Institucional en Género y Violencia contra las Mujeres con el objetivo de “capacitar y sensibilizar” a todos los funcionarios públicos, que integran los diferentes niveles del Estado.
Esta norma establece la sensibilización y capacitación de las personas que hacen parte del Estado en temas de género y violencia contra las mujeres. Esto es un mandato Constitucional, puesto que nuestro país adhirió a los Tratados de Derechos Humanos de la CEDAW y BELEM DO PARA, los cuales a raíz del Artículo 75 inc. 22 de Nuestra Constitucional se incorporan al Bloque de Constitucionalidad de nuestro país. Ambos tratados generan la obligación de terminar con los estereotipos de género.
Desde este Concejo Municipal, consideramos que la capacitación es la clave para lograr vidas libres de violencias. Aunque es justo reconocer que, si bien la violencia de género no se frena sólo con capacitaciones estatales, estas son fundamentales a la hora de avanzar hacia un Estado presente. En nuestro país muere una mujer cada 27 horas, la línea 144 está colapsada, las fuerzas de seguridad continúan perpetuando condenas y actitudes sexistas y según la Encuesta Nacional de Victimización sólo el 1% de los abusos sexuales son denunciados.
Este bajo número tiene que ver, entre muchas cuestiones, a las dificultades con las que se enfrenta una víctima a la hora de denunciar una violación en nuestro país. La re victimización y maltratos por parte de la Policía o de los y las integrantes del sistema estatal, suceden de forma sistemática y son las razones por las cuales muchas víctimas se niegan a realizar finalmente una denuncia.
La capacitación debe ser constante, la capacitación de la ley Micaela es un primer paso en una larga escalera que debe transitar la función pública para derribar los estereotipos de género que nos afectan como sociedad.
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