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Región Viernes 5 de Junio de 2026

Sunchales: autorización para tomar crédito para la compra de un camión volcador

El proyecto de Ordenanza ingresó en la sesión de ayer del Concejo Municipal.

Agrandar imagen José Delmastro, edil oficialista.
José Delmastro, edil oficialista. Crédito: Archivo Concejo

SUNCHALES ( De nuestra Agencia).- En la víspera, en el marco de la sesión ordinaria desarrollada en el recinto del Cuerpo Legislativo, ingresó y fue girado a comisión un proyecto de Ordenanza presentado por el Ejecutivo requiriendo autorización para tomar crédito destinado a la compra de un camión volcador, las correspondientes fundamentaciones fueron ofrecidas por José Delmastro, detalle que se replica seguidamente.

VISTO: El Programa Municipal de Inversiones, dependiente del Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe, y mediante el cual se otorgan préstamos en el marco del Programa de Financiamiento a Municipios y Comunas con recursos provenientes de aportes provinciales y del Fondo Municipal de Inversiones creado por Leyes Provinciales Nº10.264/88 y 11.301/95, Préstamos BIRF Nº 2.920-AR, BIRF 3.860-AR y BID 830/CO 932/SF- AR e implementado por los Decretos Provinciales Nº 1247/99, 391/00, 1621/04, 1931/08, 998/21, 1330/2025 y 050/2026; y

La Nota de Solicitud de Adhesión al Programa Potenciar suscripta por el. intendente Municipal Pablo Pinotti con fecha 6 de abril de 2026, mediante la cual se solicita la adquisición mediante leasing de un (1) camión con caja volcadora por un monto de Pesos Ciento setenta y cuatro millones, seiscientos sesenta mil pesos ($174.660.000,00), estimado con valores a abril de 2026, con el objetivo de mejorar el servicio público urbano y rural que brinda la Municipalidad de Sunchales;

Considerando que la presente gestión se encuadra en el Convenio denominado “Bonificación de Tasas de Interés por Contratos de Leasing y Contratos de Préstamos Prendarios con Municipios y Comunas”, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe y el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a efectos de brindar asistencia financiera a Municipios y Comunas de la Provincia;

Considerando que las condiciones establecidas en el Convenio enunciado precedentemente serán beneficiosas para los intereses de este Municipio y que el equipo cuya adquisición se proyecta —un (1) camión con caja volcadora— resulta necesario para el mejoramiento del servicio público urbano y rural que presta la Municipalidad de Sunchales, optimizando los recursos disponibles en beneficio de la comunidad;

Previo a la suscripción del Contrato de Leasing con el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., es necesario que tanto el Proyecto Físico objeto de aquel, como la autorización a endeudarse y la modalidad de compra en el marco del Convenio “Bonificación de Tasas de Interés por Contratos de Leasing y Contratos de Préstamos Prendarios con Municipios y Comunas”, sean aprobados mediante Ordenanza;

En razón de lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipios N° 14.436 el Departamento Ejecutivo, eleva el siguiente:

ARTICULO 1: Apuébese el Proyecto denominado “Potenciar: Adquisición de un (1) camión con caja volcadora” en el marco del Convenio suscripto entre la Provincia de Santa Fe y el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. denominado “Bonificación de Tasas de Interés por Contratos de Leasing y Contratos de Préstamos Prendarios con Municipios y Comunas”.-

ARTICULO 2: Autórizase al Sr. Intendente Municipal Pablo Pinotti a endeudarse con el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. por la suma de pesos Ciento setenta y cuatro millones, seiscientos sesenta mil pesos ($174.660.000,00), a mayo del 2026, o el importe o porcentaje del total que resultare de la adquisición del equipo en el marco del Convenio denominado “Bonificación de Tasas de Interés por Contratos de Leasing y Contratos de Préstamos Prendarios con Municipios y Comunas”.-

ARTICULO 3: Autórizase al Sr. Intendente Municipal Pablo Pinotti a la adquisición del equipo relacionado con el Proyecto identificado en la cláusula primera de la presente Ordenanza mediante la modalidad de compra a través de Contrato de Leasing, de conformidad a las condiciones establecidas en el Convenio referido en las cláusulas que anteceden.-

ARTICULO 4: Autórizase al intendente Municipal Pablo Pinotti para el dictado de los actos administrativos necesarios para la ejecución del Proyecto mencionado en el Artículo 1° de la presente Ordenanza, en el marco del Convenio denominado “Bonificación de Tasas de Interés por Contratos de Leasing y Contratos de Préstamos Prendarios con Municipios y Comunas”.-

ARTICULO 5: Autorízase la afectación de los fondos de Coparticipación Provincial y los aportes que eventualmente le correspondiera a este Municipio como garantía por el incumplimiento de los compromisos que asuma en el marco del Convenio denominado “Bonificación de Tasas de Interés por Contratos de Leasing y Contratos de Préstamos Prendarios con Municipios y Comunas”.

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