Por REDACCIÓN
SUNCHALES ( De nuestras Agencia).- En la sesión ordinaria desarrollada ayer, Brenda Torriri fue la responsable de fundamentar el despacho de un proyecto de Ordenanza presentado por Juan Ignacio Astor, Santiago Dobler, Pablo Ghiano, Carolina Giusti, Laura Balduino y Brenda Torriri. Modifica artículos 2° y 4° de la Ordenanza N° 3260 (Establece un Régimen Especial y Excepcional de Regularización Tributaria para los contribuyentes que registren deuda hasta el 30 de septiembre de 2025).
La edil oficialista se manifestó en los términos que reproducimos a continuación.
Se ha verificado que, por un error administrativo en la confección de parte del articulado, la Ordenanza N°3260 presenta inconsistencias materiales que afectan la correcta interpretación y aplicación de su contenido. En razón de ello, y a fin de garantizar la seguridad jurídica y la transparencia administrativa, se considera procedente derogar en su totalidad dicha ordenanza y sustituirla por un nuevo texto que subsanará los errores detectados.
El nuevo proyecto de ordenanza reproduce los lineamientos esenciales del régimen anterior, incorporando las correcciones necesarias y estableciendo con claridad los plazos y condiciones de adhesión para los contribuyentes.
Resulta de especial relevancia destacar que el Artículo 2° de la nueva norma dispone expresamente que podrán adherirse al Régimen Especial los contribuyentes y responsables que registren deudas por tributos municipales devengadas hasta el 31 de octubre de 2025, es decir que se amplió el plazo de pago. De esta forma, se fija la nueva fecha de corte como límite temporal para la inclusión de las obligaciones fiscales en el presente régimen, garantizando que todas las deudas generadas hasta esa fecha puedan ser regularizadas por los contribuyentes que deseen acceder a los beneficios previstos.
Asimismo, la nueva ordenanza mantiene los incentivos establecidos originalmente, entre ellos la quita de hasta el 80% de los intereses resarcitorios para pagos al contado y la posibilidad de suscribir planes de pago de hasta veinticuatro (24) cuotas.
La sanción de este nuevo cuerpo normativo permitirá corregir los errores materiales detectados, otorgando plena validez al régimen de regularización y asegurando su efectiva implementación por un plazo de noventa (90) días corridos contados a partir del día hábil siguiente a su promulgación, prorrogable por única vez por un plazo de 30 días, siempre que cuente con decreto fundamentado.