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Región Viernes 29 de Agosto de 2025

Sunchales: fundamentos de Santiago Dobler para rechazar el veto del Intendente

En la víspera el Concejo Municipal de esta ciudad estuvo sumido en un áspero debate surgido a raíz del rechazo de la oposición a un veto de Pinotti.

Agrandar imagen Santiago Dobler en su banca.
Santiago Dobler en su banca. Crédito: Archivo

SUNCHALES ( De nuestra Agencia).- En nuestra edición de la víspera comentamos el intenso debate sucedido en el Concejo como resultado de un proyecto de Resolución presentado por la oposición. Con esta entrega van los fundamentos del concejal Santiago Dobler al presentar el documento.

Argumento del Intendente. Análisis y refutación

Observador desnaturaliza el procedimiento

Falso: solo observa, no vota ni decide. Refuerza transparencia y legalidad. El veto del Intendente se basa en la Ley 2756 y la división bicéfala del Ejecutivo/Concejo. Error de interpretación: la Ley permite control externo y preventivo; el art. 7° no invade competencias ejecutivas, solo garantiza supervisión democrática.

Riesgo de impugnación o nulidad

Incorrecto: la observación del Concejo disminuye el riesgo de impugnaciones, porque vigila cumplimiento de procedimientos.

Ley 9286 no prevé veedores legislativos

Ausencia de mención ≠ prohibición. Ninguna norma prohíbe la participación de veedores legislativos; la Ley 9286 menciona representantes gremiales, pero la ausencia de mención no equivale a prohibición.

Debilita eficiencia administrativa

Contrario: un control preventivo reduce conflictos y reclamos posteriores, fortaleciendo eficiencia y credibilidad del régimen.

Hoy nos encontramos ante un veto que no busca defender la legalidad ni la eficiencia administrativa, sino que aparenta proteger intereses personales y la discrecionalidad del Ejecutivo.

El veedor al que hace referencia el artículo 7° de la Ordenanza 3244 no interviene en decisiones, solo permite que un miembro del Concejo observe los concursos de ingreso y ascenso, garantizando transparencia, mérito e igualdad de oportunidades. Es el único mecanismo preventivo de control externo en este tipo de concursos.

Políticamente:

Dos horas después de aprobar la ordenanza contra el nepotismo el pasado jueves, llega este veto. No es casualidad. La coincidencia temporal parece evidenciar, de forma sospechosa, que el Ejecutivo intenta eliminar el control que asegura concursos por mérito y no por favoritismo familiar.

La administración del Intendente ha demostrado cómo funciona realmente su transparencia: tarda semanas o meses en responder pedidos de informes, pero para vetar el único artículo que limita su discrecionalidad actúa de manera rápida y coordinada. Esto deja en evidencia que no estamos frente a un argumento técnico, sino frente a una maniobra política de autoprotección.

Lo que la sociedad no debe olvidar es que el Intendente fue concejal y diputado provincial, además de estar hace 20 años ocupando espacios diferentes en el Estado, esto debería significar que conoce perfectamente los controles del Concejo y cómo funcionan los procedimientos. Y aun así decide vetar el único mecanismo de supervisión, Es lamentable ver cómo alguien con tanta experiencia en el Estado, intenta eliminar controles que garantizan transparencia y equidad, y justo en los concursos donde podrían verse favorecidos familiares o allegados.

Riesgos de eliminar el veedor:

Aumenta la posibilidad de prácticas discrecionales y favoritismos.

Expone los concursos a impugnaciones o cuestionamientos, afectando la confianza pública.

Sin supervisión preventiva, se debilita la igualdad de oportunidades y se pone en riesgo la aplicación efectiva de la ordenanza anti-nepotismo.

En pocas palabras:

Este veto no busca proteger la legalidad, sino eliminar control.

No busca eficiencia, sino asegurar discrecionalidad.

No es institucional, sino claramente político y oportunista.

Por todo esto, rechazo este veto, defiendo el artículo 7° y reafirmo que la oposición será vigilante y garante de la transparencia, exponiendo ante la ciudadanía a quienes intentan convertir la administración pública en un instrumento de favoritismos familiares y discrecionalidad.

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