Por REDACCIÓN
SUNCHALES ( De nuestra Agencia).- Tal como se anunciarael pasado jueves el Concejo Municipal de esta ciudad desarrolló una sesión ordinaria.
En la oportunidad tuvo ingreso y fue derivado a comisión un Proyecto de Ordenanza para crear el Sistema de Bicicletas Públicas, elevado por las concejales Carolina Giusti y Laura Balduino.
La fundamentación fue ofrecida por Carolina Giusti quien resaltó la implementación de este sistema en ciudades de todo el mundo.
La edil fue ofreciendo detalles del proyecto, resaltando que, cuyo objeto es la dación temporaria de bicicletas destinadas al uso por parte de los ciudadanos y/o visitantes de la ciudad de Sunchales.
Destaco´que Autorícese al DEM a instalar un sistema urbano compuesto por varias estaciones de distribución y estacionamiento de bicicletas, ubicadas en lugares estratégicos de la ciudad, dispuestas para transportarse dentro del ejido urbano, siendo responsabilidad del DEM, que las mismas estén en buen estado de uso y funcionamiento.
Los usuarios del servicio deberán ser mayores de 18 años, pudiendo las personas de entre 16 y 18 ser parte con la autorización de sus padres.
Puso de relieve el contenido del cuarto articulo que señala que tiene como objetivo el uso de los rodados como transporte saludable y respetuoso con el medio ambiente, y como medio alternativo y complementario de transporte para reducir los niveles de congestión de tránsito.
Por otra parte hizo saber que la utilización del servicio de bicicletas públicas se realiza mediante la acreditación de la identidad del usuario mediante DNI, y a través de un Formulario de inscripción.
También señaló que los usuarios del sistema de bicicleta pública, cumplen con las siguientes obligaciones:
a) Serán responsables de las infracciones a esta ordenanza los usuarios del servicio de bicicletas, así como sus tutores o representantes legales en caso de menores de edad.
b) Todo el usuario está obligado a hacer un uso correcto del servicio y a devolver la bicicleta en el mismo estado que la recogió, tanto en sus condiciones de limpieza como buen funcionamiento.
c) El usuario está obligado a cumplir las normas establecidas en la presente Ordenanza así como, en el tiempo de utilización, de custodiar la bicicleta.
d) Está obligado a respetar, en todo momento, las normas en materia de tránsito.
e) La persona usuaria de una bicicleta deberá comprobar el estado de ésta antes de hacer uso de la misma. El retiro de la misma constituye conformidad suficiente respecto a su estado.
f) En caso de pérdida, hurto o robo, el usuario tiene la obligación de denunciar la desaparición de la bicicleta ante la autoridad competente, debiendo entregar una copia certificada de la denuncia en el lugar que se designe al efecto. En caso de no presentar dicha denuncia se aplicarán las sanciones previstas en la reglamentación de la presente.
g) La persona usuaria será responsable de los daños que se pueda producir o produzca a otras personas o bienes mientras hace uso de la bicicleta.
h) La persona usuaria será responsable de la pérdida o de los daños que ocasione en los elementos de la bicicleta y/o estaciones durante el tiempo que transcurra entre el retiro y la devolución de la bicicleta.
i) En caso de incidente que afecte a las condiciones mecánicas de la bicicleta y sin perjuicio de la obligación de comunicación, ésta quedará bajo la responsabilidad del usuario hasta que se deposite en un puesto de estacionamiento.
j) El usuario deberá retirar y restituir la bicicleta dentro del horario establecido para el funcionamiento del sistema. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a las sanciones previstas en la reglamentación de la presente.
k) La persona usuaria es responsable de los daños que puedan sufrir o producir mientras hace uso de la bicicleta.
l) En caso de no devolución de la bicicleta en el tiempo y forma previstos, deberá abonar un valor de reposición de la misma, que será tomado como base para los reclamos que por derecho pudieran corresponder y que será fijado por la Autoridad de Aplicación.