Por REDACCION
Desde hoy entra en vigencia del Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), que estará disponible en el sitio web de la AFIP: www.afip.gob.ar. La inscripción al SISA es obligatoria y gratuita para los productores de granos y semillas en proceso de certificación (cereales y oleaginosas) y legumbres secas, y para los operadores que intervengan en la cadena de comercialización de dichos productos.
También es obligatoria para propietarios, copropietarios, usufructuarios y ocupantes cualquiera fuera su título y los sub contratantes, cualquiera sea su modalidad, de tierras rurales explotadas situadas en el país, en la medida de que en ellas desarrollen el cultivo de dichas especies.
El SISA nace a pedido de los actores de la cadena de producción y comercialización de granos y oleaginosas, con el sentido de simplificar las obligaciones de información a los efectos fiscales. Reemplaza cuatro registros y siete regímenes de información, comprendiendo al SENASA, INASE, MINAGRO y AFIP.
En este marco, la Bolsa de Comercio de Santa Fe y el Centro de Corredores de Cereales y Oleaginosas de Santa Fe
organizaron una charla con funcionarios de la AFIP, a fin de explicar el alcance de la migración de datos fiscales que se producirá con el SISA.
La inscripción es con clave fiscal con Nivel de Seguridad 3 como mínimo, y todas las comunicaciones se recibirán en el domicilio fiscal electrónico. Asimismo, la Resolución establece un mecanismo de calificación de conducta fiscal basado en un sistema de “scoring”, a fin de dotar de un “estado” a los sujetos que obligatoriamente deben inscribirse en el SISA.
Los profesionales de AFIP explicaron la importancia de tener actualizado el domicilio fiscal electrónico y a poner al día todas las obligaciones formales antes de la entrada en vigencia del SISA. Además, que se deberán realizar dos declaraciones anuales: una por la cosecha fina y otra, por la cosecha gruesa.
Los funcionarios de AFIP remarcaron que el buen cumplimiento del sistema implica para el contribuyente acceder a beneficios en cuanto a la devolución del IVA y el Impuesto a las Ganancias.
Los comentarios de este artículo se encuentran deshabilitados.