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Rural Jueves 20 de Octubre de 2022

Nuevas regulaciones para el transporte de envases vacíos

REDACCION

Por REDACCION

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación dispuso nuevas regulaciones para el transporte de envases vacíos de agroquímicos. Mediante la resolución 439/2022, publicada en el Boletín Oficial, la cartera aprobó un “régimen transitorio de trazabilidad de los envases vacíos de fitosanitarios Tipo B”. Según se conoció, se trata de aquellos bidones que por sus características no resisten un triple lavado o contienen sustancias no dispersables en agua y, por lo tanto, no pueden ser reutilizados y deben ser enviados a disposición final.
“Desde el CAT al operador, se deberá cumplir con los requisitos definidos para el transporte de mercancías peligrosas de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 24.449 y modificatorias, siendo el documento válido para ello, la carta de porte establecida en el artículo 9 de la Ley Nº 24.653, instrumento en el que deberá precisarse la cantidad de envases transportados expresada en unidades”, indicó la normativa.
Los operadores habilitados para el tratamiento de envases vacíos de fitosanitarios o similares, así como los que se habiliten en el futuro, deberán exigir el documento definido en el artículo 2°, como único documento necesario para acreditar el transporte de carga de los envases vacíos tipo B.
En el texto se aclara que podrán constituirse como Operadores de los envases Tipo B descritos en el Artículo 4° de la Ley N° 27.279, quienes se encuentren actualmente habilitados a tratar envases vacíos de fitosanitarios o similares, así como los que se habiliten en el futuro, para lo cual deberán acreditar el cumplimiento de los dispuesto por la Ley N° 27.279 y su normativa complementaria.

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