Por Roberto F. Bertossi
Como custodios del derecho cooperativo afirmamos sin titubeos que, las cooperativas de trabajo no son un placebo para las necesidades más caras y urgentes de los excluidos.
En el año 2009 la administración nacional lanzó una nueva política social denominada “Programa Ingreso Social con Trabajo “Argentina Trabaja”, cuyo objetivo era la inclusión social a través del trabajo y la promoción de la organización cooperativa.
Tal programa pergeñó una organización cooperativa jurídicamente inexistente ya que partió de una prospectiva contracooperativa, con explícito apartamiento de sus principios liminares vigentes: membresía abierta y voluntaria; autonomía e independencia políticas; gestión y control democráticos; educación, capacitación e información cooperativas; conformación y distribución de excedentes; integración, etc.).
Este elogio de una aporía, determinó expresamente una preferencia de dicho programa por el conurbano bonaerense, discriminando y generando desde el pie, desiguales oportunidades con relación al resto del territorio nacional.
A la fecha y ante las graves contradicciones e irregularidades del Programa “Argentina Trabaja”, resulta académica y jurídicamente impostergable, revelar el alcance y los límites del mismo, conforme la perspectiva e intangibilidad del marco axiológico cooperativo.
Toda cooperativa de trabajo en cuanto tal, atento su clase, índole y gravitación, con sus singularísimos caracteres cooperativos, sólo puede ser autorizada para funcionar en la medida que pueda ser autogestionada y autorremunerarse en general y en particular, exclusiva y excluyentemente por sus propios asociados, compartiendo excedentes e ingresos con justicia distributiva y en forma proporcional al aporte, jerarquía y tiempo de trabajo de cada uno de sus miembros, siempre conforme a los parámetros de cada obra formalmente licitada/contratada y/o concesionada por cada cooperativa en cuestión con cada Estado municipal, provincial o nacional, según se trate, asegurándose siempre, toda ajenidad jurídica laboral/previsional u otras, privadas, estatales o mixtas.
Por ende resulta tan inapropiado como desafortunado hablar de empleo, de sueldo o ingreso mínimo, de aportes previsionales, etc. en esta clase de cooperativas en tanto el esqueleto del denominado plan Argentina trabaja el que, asimismo, de ningún modo debiera tolerar, prohijar ni propiciar trabajadores precarizados, en negro ni trabajo indecente o insalubre, sin baños, sin vestuarios, sin ropa adecuada, etc., conforme denuncias públicas al respecto, (Auditoría General de la Nación, Defensor del Pueblo, periódicos de tirada nacional, etc.).
Mucho menos, favorecer indirectamente eventuales responsabilidades patrimoniales para gobernadores e intendentes; para presidentes, consejeros/síndicos cooperativos; para órganos nacionales y provinciales de regulación, control y sanción cooperativos, todos, involucrados por acción u omisión en este programa, sin perjuicio de su objetivo humanamente loable pero que puede culminar en otra pesadilla forzosamente compartida todo lo que incrementará aún más tanto malestar social por maltrato institucional.
Concomitantemente, son absurdas las recurrentes protestas visibilizadas mediante piquetes, cortes de calles, puentes y avenidas por supuestos ‘trabajadores del plan Argentina trabaja’ como si el Estado (nacional, provincial o municipal) fuera su empleador y no ellos mismos, autoorganizados y autogestionados en concretas cooperativas de trabajo.
Para ser tales conforme la legislación vigente, invariablemente tuvieron su etapa preconstitutiva cooperativa, su información, educación y capacitación, etc., e inmediatamente después, sus libros: de asociados, de asambleas, de reuniones del consejo de administración, del síndico, del auditor; sus registros contables como la instrumentación y el funcionamiento de los fondos, excedentes/retornos cooperativos más todo aquello que garantice franca y contundente identidad cooperativa.
Entonces, sólo en la medida de su pureza cooperativa, productividad e inclusión cuantitativa y cualitativa, hubieran quedado claros e irrefutables, tanto el objetivo inclusivo como la metodología cooperativa invocada especulativamente por este Programa oficial de Ingreso Social con Trabajo.
Caso contrario, sobreabundarán demasiadas caparazones político-clientelares, tan cooperativamente ilegales como ciudadanamente inaceptables expuestas a eventuales industrias del juicio laboral y previsional como a tipificaciones posibles de asociaciones ilícitas que con fines y metodologías extraños al cooperativismo, finalmente terminen perjudicando nuevamente a la sociedad, a sus instituciones y a una demasiado alicaída fe pública cooperativa y mutual.
No se dude, jamás las cooperativas de trabajo serán funcionales a falsas expectativas ciudadanas, ni a asociaciones ilícitas y/o judicializaciones. Ellas consisten en el primer autotrabajo solidario civil umbilicado nuclearmente a la cultura del trabajo para lograr no sólo satisfacciones físicas básicas y duraderas en el tiempo sino, proyectar a cada asociado como emprendedor de su propio destino en pos de un progreso con una mirada sin límites.
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