Por Natalia Rojas (*)
Hoy, 22 de octubre se celebra el Día Nacional del Derecho a la Identidad. Fecha instituida por el Congreso Nacional en 2004 con la sanción de la Ley Nº 26.001, en conmemoración de la lucha emprendida por las Abuelas de Plaza de Mayo en la búsqueda por recuperar los más de 500 niñas y niños secuestrados que fueron llevados junto a sus padres o nacidos durante el cautiverio de sus madres durante la última dictadura militar.
Reflexionar sobre el Derecho a la Identidad implica abordarlo desde diferentes miradas:
En primer lugar, definir qué es la Identidad. Difícil de definir, podemos decir que es uno de los derechos personalísimos más importantes para el ser humano que implica condicionamientos biológicos, sociales, ideológicos, religiosos, entre los cuales el primero es determinante.
Es un derecho inalienable de toda persona. Dado que “nadie puede vivir sin saber quién es”.
En segundo lugar, y como expresa Elvio Zannotti -en el IV Seminario Interdisciplinario sobre Derecho a la Identidad y Derechos Humanos- “hablar del derecho a la identidad supone hablar de la construcción del reconocimiento de ese derecho” (1).
En nuestro país fue el mismo Estado el que violó este derecho a través de acciones represivas e ilegales ultrajando a la persona en su mismidad, mediante su desaparición y negación de su ser y de su existencia.
De ahí la sentencia y tristemente frase célebre del dictador Jorge Rafael Videla: “Un desaparecido es ….. una incógnita…, no tiene entidad, no está ni muerto ni vivo, está desaparecido” (2) .
El Estado ignoró al sujeto, no lo reconoció, de todo se lo privó y se lo excluyó.
Es decir, la especificidad del terrorismo estatal argentino residió en la secuencia sistematizada que consistía en secuestrar-torturar-asesinar, la cual descansaba sobre una matriz cuya finalidad era la sustracción de la identidad de la víctima. Como la identidad de una persona es lo que define su humanidad, se puede afirmar que la consecuencia radical que tuvo el terrorismo de Estado a través de los centros clandestinos de detención fue la sustracción de la identidad de los detenidos, es decir, de aquello que los definía como humanos.
Fue entonces como Abuelas de Plaza de Mayo inicia en 1977 su lucha colectiva por encontrar a sus nietos, su lucha por el reconocimiento y positivización del Derecho a la Identidad en la Argentina.
Lucha incansable que hoy cumple 35 años.
Desafiando el miedo y el terror, con una sociedad acallada y un poder judicial cooptado y hasta cómplice de la aberrante dictadura, las Abuelas superaron todo lo conocido. “Así como los militares superaron todos los límites del horror, las abuelas superaron todos los límites del amor” (3).
La construcción del reconocimiento de ese derecho continúa con el advenimiento esperanzador de la democracia: restitución de niños apropiados, el caso Scacheri donde por primera vez los Tribunales mencionan la palabra Identidad, la creación del Banco Nacional de Datos Genéticos en 1987 con el fin de obtener y almacenar información genética que facilite la determinación y esclarecimiento de conflictos relativos a la filiación y la labor del Equipo Argentino de Antropología Forense
El serio trabajo realizado ha permitido encontrar a 107 nietos hasta el momento.
En 3er. lugar, el hecho más importante fue la cristalización a nivel internacional del Derecho a la Identidad con la incorporación de las denominadas “cláusulas argentinas” como artículos 7º, 8º y 11º de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (3) aprobada en Nueva York en 1989 e incorporada a nuestra Constitución Nacional en virtud de la reforma de 1994 en los artículos 33 y 75, incisos 22 y 23.
De esta forma el reclamo de las Abuelas de Plaza de Mayo logra la consagración del Derecho a la Identidad en el marco de las normas supraordinantes.
La Comisión Nacional de Identidad –CONADI- constituye en 1992, un paso importantísimo en el despliegue de instrumentos, medios y órganos de protección de este derecho. Entre sus objetivos están impulsar la búsqueda de hijos e hijas de desaparecidos y de personas nacidas durante el cautiverio de sus madres, en procura de determinar su paradero e identidad e intervenir en toda situación en que se vea lesionado el derecho a la identidad de un menor.
Merece destacarse la sanción en el 2006 de la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, por la cual el niño deja de ser concebido como objeto de derecho para pasar a ser sujeto de derecho.
Por todo lo explicitado anteriormente, la apelación de las Abuelas de Plaza de Mayo al Derecho a la Identidad no sólo debe entenderse como el pedido de un ordenamiento simbólico institucional que responda a la fuerza de la ley, sino que la restitución de estos jóvenes de su identidad implica el reconocer lo vivido con el apropiador, de lo que fueron privados con el asesinato de sus padres. Y así abrir un espacio de construcción de la verdad histórica que impida el asesinato de la memoria activa e incorpore a los desaparecidos a la vida y a la historia de la comunidad, como modo de torcer ese destino que, según las palabras de Videla, era sólo una «incógnita».
La persistencia de una memoria viva es nuestra responsabilidad, ya que el desmantelamiento de los derechos de las personas por desaparición y asesinato y la apropiación de niños, jóvenes aún desaparecidos y vivos, condujo a una ruptura del sistema humano de filiación, es decir, a una masacre de los vínculos y a una fractura de la memoria.
Debemos replantearnos como sociedad otras necesidades de identidad que aún faltan construir. Así como la identidad de género se convirtió en ley, todavía nos falta mucho por construir en cuanto a la identidad de los pueblos migrantes y originarios, la identidad de la soberanía alimentaria y de los recursos naturales.
El desafío será retomar la posta de Abuelas para construir nuestra propia visión de identidad individual y colectiva, lo que redundará en una sociedad cada día más igualitaria e inclusiva que reivindica el ejercicio pleno de sus derechos, en un marco de libertad, de aceptación de la diversidad y de tolerancia.
"Las Abuelas queremos abrazar a nuestros nietos y nietas, ser la memoria viva de la historia de sus padres. Transmitirles sus vivencias, sus gustos, defectos y virtudes. A los casi 400 nietos y nietas que aún nos falta encontrar les decimos que el tiempo corre y que es momento de animarse a dar el paso hacia la verdad.
En estos 35 años llevamos 107 abrazos. Cada uno nos conmueve y nos inspira para seguir luchando", aseguran.
(1) Zannotti, Elvio: IV Seminario Interdisciplinario sobre Derecho a la Identidad y Derechos Humanos. General Roca, 21 y 22 de Mayo de 2004.
(2) Declaración de Jorge Rafaela Videla reproducida en los medios de comunicación el 14/12/1979.
(3) Abuelas de Plaza de Mayo: Juventud e Identidad. III Congreso Internacional. 20 años de lucha, 2001.
(4) Derecho a la Identidad. Convención sobre los Derechos del Niño.
Artículo7º: 1. El niño deberá ser registrado inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde éste a su nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de los posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos. 2 Los Estados Partes velarán por la aplicación de estos derechos de conformidad con su legislación nacional y las obligaciones que hayan contraído en virtud de los instrumentos internacionales pertinentes en esta esfera, sobre todo cuando el niño resultara de otro modo apátrida.
Artículo 8º: 1. Los Estados Partes se comprometen a respetar el Derecho del Niño, a preservar su Identidad, incluidos, nacionalidad, nombre y relaciones familiares de conformidad con la ley sin injerencias ilícitas. 2. Cuando un niño sea privado ilegalmente de alguno de los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados Partes deberán prestar asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad.
Artículo 11º: 1. Los Estados Partes adoptaran medidas para luchar contra los traslados ilícitos de niños al extranjero y la retención ilícita de niños en el extranjero. 2 Para este fin, los Estados Partes promoverán la concertación de de acuerdos bilaterales o multilaterales o la adhesión a acuerdos existentes.
(*) Profesora de Historia.
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