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Región Sábado 29 de Noviembre de 2025

Por 365 días suspendieron artículos de una Ordenanza

Así se dispuso en el Concejo tras imponerse por mayoría un proyecto presentado por Carolina Giusti y Laura Balduino.

Agrandar imagen SESIÓN. Con esta imagen el Cuerpo anuncia su encuentro semanal.
SESIÓN. Con esta imagen el Cuerpo anuncia su encuentro semanal. Crédito: FOTO PRENSA CONCEJO

SUNCHALES (De nuestra Agencia). - El pasado jueves el Concejo Municipal llevó a cabo una sesión ordinaria.

El encuentro fue iniciado con el izamiento del pabellón nacional, tarea que cumplió Carolina Giusti.

Tras la aprobación del acta del encuentro anterior fue brindado el Informe de Presidencia.

A continuación fueron considerados los asuntos del encuentro.

En primer término y con la fundamentación de Brenda Torriri se dio curso favorable al despacho de un Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal por el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a instalar reductores de velocidad en Avenida Belgrano en proximidades a la Ruta Provincial N° 280S.

El proyecto de Ordenanza presentado Carolina Giusti y Laura Balduino y fundamentado por esta última merced al que se suspende por el plazo de 365 días la aplicación de los ARTÍCULOS 8 a 11 de la Ordenanza N°2989., generó intensas consideraciones por parte de las autoras y del presidente del cuerpo, habiéndose presentado dos despachos los que al pasarse a votación por mayoría se impuso el que presentó la oposición.

Despacho de la oposición: VISTO: El Expte. N° 2985JxC, autoría de las Concejales Giusti y Balduino; CONSIDERANDO:Que por el proyecto de referencia se suspende por el plazo de 365 días la aplicación de los artículos 8 a 11 de la Ordenanza N° 2989; Que analizado el mismo los abajo firmantes constituidos en Comisión recomiendan su ratificación con el siguiente texto: ARTÍCULO 1º.- Se suspende por el plazo de trescientos sesenta y cinco días (365), desde la sanción de la presente, la aplicación de los artículos 8°, 9°, 10°, 11° y 12° de la Ordenanza N°2989.-ARTÍCULO 2º.- Dese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, comuníquese, publíquese, archívese y dese al R. de R. D. y O.- Sunchales, 25 de noviembre de 2025.

Despacho del oficialismo:VISTO: El Expte. N° 2985JxC, autoría de las Concejales Giusti y Balduino; CONSIDERANDO: Que por el proyecto de referencia se suspende por el plazo de 365 días la aplicación de los artículos 8 a 11 de la Ordenanza N° 2989; Que analizado el mismo los abajo firmantes constituidos en Comisión recomiendan su ratificación con el siguiente texto: ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el artículo 9 de la Ordenanza N°2989/2022, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Exención a la sobretasa por terrenos baldíos. Quedan exentos del adicional por terreno baldío establecido en el ARTÍCULO 8º:1. Cuando el propietario posea un único lote baldío, o una sola vivienda unifamiliar y un solo terreno baldío. 2. Cuando el terreno baldío linda con un edificio o establecimiento industrial, comercial o de servicio del mismo dueño y esté afectado a la funcionalidad del edificio o a playa de estacionamiento o depósito de mercaderías del establecimiento.3. El terreno en proceso de edificación, durante el tiempo en que el Departamento Ejecutivo Municipal considere necesario para la conclusión de la obra.4. El terreno destinado a planes de viviendas de fomento habitacional e interés social, a juicio del Departamento Ejecutivo Municipal.5. El terreno destinado a alguna explotación comercial, que cuente con debida habilitación y autorización Municipal.6. En los casos de loteos, en que los cambios de titularidad se producen con posterioridad a la cancelación de los planes de pago por los lotes vendidos, la quita del recargo se podrá solicitar contra la presentación del Boleto de Compraventa, el que deberá estar debidamente certificado por Escribano Público, habiendo cumplimentado todas las disposiciones fiscales, nacionales y/o provinciales vigentes. En este caso, se procederá a la suspensión del cobro de la mencionada sobretasa, hasta un plazo tope de ciento ochenta (180) días de la cancelación del plan de pago respectivo, y siempre que el adquirente resida en la ciudad de Sunchales.7. En los casos de nuevas urbanizaciones, donde se establezca la imposibilidad de transferencia de dominio por causas externas a la voluntad de los propietarios y mediare documentación que acredite fehacientemente tal situación, debidamente certificado por Escribano Público.8. Cuando el terreno haya sido cedido a la Municipalidad para su uso u ocupación.”ARTÍCULO 2º.- Dese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, comuníquese, publíquese, archívese y dese al R. de R. D. y O.- Sunchales, 26 de noviembre de 2025.

Fue girado a comisión un proyecto de Resolución presentado por Santiago Dobler. Dispone modificaciones en el Reglamento Interno del Concejo Municipal Resolución N°495.-

Fue aprobada una Minuta de Comunicación elevada por Santiago Dobler. Solicita al Departamento Ejecutivo Municipal información relativa a la Ordenanza N°2149.

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