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Región Viernes 15 de Mayo de 2026

Sunchales:el Concejo aprobó una ordenanza que regula el alquiler de coches con chofer

La norma elevada por el Ejecutivo fue fundamentada por Brenda Torriri.

Agrandar imagen Brenda Torriri, concejal oficialista.
Brenda Torriri, concejal oficialista. Crédito: Archivo

SUNCHALES ( De nuestra Agencia).- En la sesión ordinaria de la víspera fue aprobada una norma que regula el servicio de alquiler de coches con chofer.

Seguidamente reproducimos la argumentación ofrecida por Brenda Torriri.

Hoy ponemos a consideración un proyecto de ordenanza que es el resultado de un trabajo conjunto, llevado adelante junto al Subsecretario de Seguridad Ciudadana, con quien venimos trabajando en distintos aspectos vinculados a la seguridad y al ordenamiento de los servicios de transporte en nuestra ciudad. En ese marco, mantuvimos diversas reuniones con los remiseros, escuchando sus inquietudes, sus propuestas y también las necesidades que atraviesa el sector. Entendimos desde el inicio que era fundamental construir este proyecto de manera participativa, incorporando la mirada de quienes diariamente prestan este servicio a los vecinos.

Asimismo, los trabajadores del sector fueron recibidos en este Concejo en dos oportunidades, instancias que sirvieron para dialogar, intercambiar opiniones y avanzar en los consensos necesarios para poder finiquitar el proyecto de ordenanza que hoy finalmente sale a consideración.

Esta norma no es solo una actualización burocrática, sino un nuevo marco legal que reemplaza a la antigua Ordenanza N° 1182/97 para adaptarse a las necesidades y tecnologías del siglo XXI.

Uno de los cambios más significativos de este proyecto respecto a la normativa vigente hasta hoy radica en la modernización de las modalidades de contratación. Mientras que la ordenanza de 1997 sólo preveía el contacto personal o telefónico, este nuevo texto incorpora y regula formalmente el uso de plataformas digitales, aplicaciones móviles y sistemas electrónicos de intermediación. Esta innovación permite que, en las contrataciones digitales, el valor del viaje pueda ser libremente convenido entre el usuario y el prestador antes de iniciar el trayecto, garantizando que el precio sea informado de manera clara y quede registrado en el sistema, lo que aporta una transparencia que la vieja norma no podía ofrecer. En ese sentido, uno de los fundamentos centrales del proyecto es regular una actividad que ya funciona en la práctica, evitando que continúe desarrollándose en un vacío legal. La iniciativa parte del reconocimiento de que las plataformas digitales de transporte modificaron los hábitos de movilidad de la ciudadanía y que el Estado local debe adaptarse a esa transformación. Tenemos que tener en cuenta que “nosotros no legislamos para nombres propios, sino para una actividad específica”, dejando en claro que la ordenanza no apunta a una empresa en particular, sino a establecer reglas generales para cualquier modalidad de intermediación tecnológica que opere dentro del servicio de transporte de pasajeros. Por ello, en lugar de prohibir o desconocer estas nuevas modalidades, la propuesta busca integrarlas al sistema existente mediante reglas claras de habilitación, control y fiscalización. De esta manera, se procura brindar mayor seguridad jurídica tanto a usuarios como a choferes, exigiendo seguros, identificación de conductores, registros y condiciones mínimas de seguridad, al mismo tiempo que se busca evitar situaciones de competencia desleal con el sistema tradicional de remises, equiparando obligaciones tributarias y controles para todos los prestadores del servicio. Además, el proyecto toma como referencia experiencias regulatorias implementadas en otras ciudades argentinas, avanzando hacia un esquema de convivencia entre remises y aplicaciones digitales como lo son hoy en día, DIDI o UBER, que son las más usuales y conocidas en la zona.

En cuanto a la infraestructura exigida para operar, este proyecto introduce una flexibilización para las agencias. La normativa anterior obligaba a toda agencia, sin distinción, a poseer un local físico con sala de espera y baño. El nuevo proyecto diferencia las agencias según su escala: aquellas que administran entre dos y seis vehículos quedan exceptuadas de la obligatoriedad de contar con un local físico, facilitando su operatividad. Sin embargo, para las agencias de siete vehículos o más, se mantiene la exigencia del local exclusivo y la obligación de garantizar la prestación del servicio las 24 horas del día, todos los días del año, asegurando así la disponibilidad del transporte para los ciudadanos en todo momento.

Respecto al parque automotor y la eficiencia administrativa, hemos decidido extender la vida útil de los vehículos de 10 a 15 años de antigüedad máxima, siempre que se encuentren en perfecto estado de conservación y superen la Verificación Técnica Vehicular (VTV) obligatoria. Además, simplificamos la carga burocrática para los prestadores al establecer que las renovaciones de la habilitación municipal serán anuales, coincidiendo con la habilitación comercial, eliminando así el antiguo esquema de renovaciones semestrales que resultaba tedioso y fragmentado.

Otro cambio significativo, responde a lo referido a la libreta de sanidad, en donde el nuevo proyecto de ordenanza introduce una importante simplificación administrativa al eliminarla como requisito obligatorio para los choferes, distanciándose de la normativa anterior que la exigía de manera taxativa. Esta decisión se basa en que las aptitudes de salud ya son verificadas por la autoridad competente al otorgar la licencia de conducir profesional categoría D1, permitiendo que el nuevo marco legal se enfoque en la capacitación anual obligatoria de los conductores. Dicha capacitación, que es una de las grandes innovaciones del proyecto, busca garantizar un trato digno, seguro y libre de discriminación, priorizando la formación profesional y humana por sobre la duplicidad de trámites burocráticos que representaba la antigua libreta sanitaria.

Además de los cambios estructurales ya mencionados, el Expediente N° 3042 introduce una serie de innovaciones sustanciales que elevan el estándar de seguridad y calidad del servicio. Una de las novedades más destacadas es la definición del servicio de remis como un "servicio privado de interés público", lo que otorga al municipio un marco jurídico más sólido para su fiscalización y control. En este sentido, se establece por primera vez la responsabilidad solidaria entre las agencias y los permisionarios. Esto significa que, ante cualquier daño o perjuicio ocasionado a terceros durante la prestación del servicio, tanto la agencia que coordina como el dueño del vehículo son legalmente responsables, brindando una protección jurídica mucho mayor al ciudadano que la normativa de 1997.

Otro aspecto innovador es la regulación detallada de la transparencia en la tarifa y la libertad de contratación digital. Mientras la norma vieja era rígida en sus costos, el nuevo proyecto permite que en los viajes solicitados por aplicaciones móviles el precio sea libremente convenido entre las partes antes de subir al auto, siempre que quede registrado electrónicamente para evitar abusos. Para reforzar esta transparencia, se prohíbe explícitamente el cobro de cualquier suplemento o cargo adicional que no haya sido informado con anterioridad, y se obliga a todos los vehículos a exhibir una tarjeta identificatoria con la foto del chofer y los datos del permisionario en un lugar visible, garantizando que el pasajero sepa siempre quién lo está transportando.

En materia de seguridad y derechos, el proyecto introduce el derecho de admisión para los choferes bajo supuestos claros, como conductas violentas del pasajero o estados de salud de riesgo, en cuyo caso el conductor debe dar aviso inmediato a los servicios de emergencia. Asimismo, se modernizan las exigencias de confort y seguridad pasiva, obligando a los vehículos a contar con iluminación interior suficiente que debe utilizarse obligatoriamente durante el ascenso y descenso nocturno de pasajeros, una medida simple pero efectiva para prevenir accidentes y mejorar la seguridad. También se refuerza el compromiso con la inclusión, detallando la obligatoriedad de transportar perros guía y elementos de asistencia para personas con movilidad reducida sin ningún tipo de recargo, bajo pena de sanciones severas.

Finalmente, el nuevo esquema de sanciones basado en Unidades Fijas (UF) de la Agencia Provincial de Seguridad Vial reemplaza al antiguo sistema de "cánones", lo que asegura que las multas mantengan su valor disuasorio frente a la inflación. Se introduce un novedoso Registro de Apercibimientos para agencias y permisionarios: la acumulación de cinco faltas cometidas por sus choferes en un año calendario activará automáticamente multas agravadas para los titulares, incentivando un mayor control interno por parte de quienes administran el servicio. Este enfoque sistémico, sumado a la capacitación anual obligatoria en trato digno y no discriminación, transforma al remis en un servicio mucho más profesionalizado y humano.-

Juan Astor

Tras esta exposición Juan Ignacio Astor resaltó la herramienta aseverando que “ esta Ordenanza será modelo para el país”.

Fernando Cattaneo

El presidente del Cuerpo también emitió su opinión enfatizando que se consideraron los cambios en la preferencia de los usuarios, se incorporan modalidades vigentes y se estimula una sana competencia.

Recordó además que el tema fue ampliamente discutido en comisión con el tiempo necesario para incorporar nuevas tecnologías y tutelar la seguridad de los usuarios.

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