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Locales Viernes 28 de Agosto de 2026

Santa Fe aprobó un régimen de licencias para abogados y procuradores

La ley, sancionada definitivamente por el Senado, establece períodos de licencia por enfermedad, accidentes, fallecimiento de familiares, maternidad, paternidad y adopción.

Agrandar imagen La normativa aprobada por el Senado busca contemplar situaciones personales de los profesionales sin afectar el normal desarrollo de los procesos judiciales.
La normativa aprobada por el Senado busca contemplar situaciones personales de los profesionales sin afectar el normal desarrollo de los procesos judiciales. Crédito: PRENSA SENADO SANTA FE

La Legislatura de Santa Fe convirtió en ley un nuevo régimen de licencias destinado a abogados y abogadas, procuradores y procuradoras que ejercen su actividad profesional en procesos administrativos y judiciales de la provincia.

La iniciativa, que había tenido origen en la Cámara de Diputados a través de Gisel Mahmud y obtuvo ahora sanción definitiva en el Senado, establece por primera vez un marco legal para que los profesionales puedan solicitar licencias ante determinadas situaciones personales, con plazos y procedimientos específicos.

La nueva normativa reconoce licencias por enfermedad inhabilitante o accidente, fallecimiento de familiares, maternidad, paternidad y adopción. El objetivo es compatibilizar esas circunstancias personales con el normal desarrollo de los procesos judiciales y administrativos en los que intervienen los profesionales.

De esta manera, se busca resolver una situación que hasta ahora obligaba a abogados y procuradores a afrontar contingencias personales bajo la presión permanente de los plazos procesales y la realización de audiencias.

 

La diputada provincial Gisel Mahmud, la presidente del Colegio de Profesionales de la Abogacía de Santa Fe, Balbina Cavalieri y el senador por La Capital, Paco Garibaldi, entre otros, en la sesión de la Cámara alta. (FOTO SENADO SANTA FE)
La diputada provincial Gisel Mahmud, la presidente del Colegio de Profesionales de la Abogacía de Santa Fe, Balbina Cavalieri y el senador por La Capital, Paco Garibaldi, entre otros, en la sesión de la Cámara alta. (FOTO SENADO SANTA FE)

 

Las licencias previstas

El régimen establece que los profesionales podrán hacer uso de las licencias de manera continua o alternada en los procesos en los que actúen. En los casos de enfermedad inhabilitante o accidente, podrán acceder a hasta 15 días hábiles judiciales por año calendario.

También se prevé una licencia de hasta tres días hábiles judiciales por el fallecimiento del cónyuge o conviviente, madre, padre, hijos, hijas, hermanos o hermanas.

En tanto, para los casos de maternidad, paternidad o adopción se establece una licencia de hasta 30 días. En las situaciones de maternidad o paternidad, ese período podrá utilizarse durante el embarazo, hasta 30 días posteriores al parto o desde la obtención de la guarda judicial de una niña o niño. Además, las personas gestantes podrán solicitar una extensión de hasta 60 días adicionales una vez finalizado el período inicial de licencia.

 

 

Cómo deberán solicitarse

La ley establece un procedimiento específico para el otorgamiento de las licencias. Los profesionales deberán solicitarlas ante el Colegio correspondiente a su jurisdicción con una antelación no menor a cinco días hábiles, indicando el período requerido y acompañando la documentación que respalde el pedido.

También deberán informar el domicilio en el que se encontrarán durante el período de licencia.

Una vez concedido el beneficio, el Colegio deberá comunicarlo dentro del primer día hábil a la Corte Suprema de Justicia y a la Fiscalía de Estado Provincial, para que se notifique a los tribunales, a la oficina de notificaciones y a las demás dependencias que correspondan.

Durante el período de licencia, el profesional no podrá realizar ninguna actuación procesal.

La normativa también prevé sanciones para los casos de uso indebido o incorrecto del beneficio, que podrán ser aplicadas por el Tribunal de Ética o de Disciplina de la institución respectiva.

 

“Poner en igualdad de condiciones”

Durante el tratamiento en el Senado, Julio “Paco” Garibaldi, senador por el departamento La Capital, destacó el consenso alcanzado para aprobar la iniciativa y sostuvo que la norma permitirá “poner en igualdad de condiciones a los abogados y abogadas con otros trabajadores, garantizando el derecho a obtener licencias por situaciones particulares”.

El legislador consideró además que el nuevo régimen contribuirá a mejorar el acceso a la Justicia y valoró la definición precisa de los plazos y las circunstancias contempladas.

Por su parte, el senador Rubén Pirola afirmó que se trata de una herramienta que permitirá “humanizar la labor diaria de los profesionales”. Según señaló, contemplar la dimensión humana de quienes intervienen en la prestación del servicio de Justicia también contribuye a mejorar su eficacia y eficiencia.

La presidenta del Colegio de Abogados de Santa Fe, Balbina Cavalieri, estuvo presente durante la sesión y agradeció a los legisladores por la aprobación de una iniciativa que, según destacó, formaba parte de los objetivos impulsados por la institución.

También participó de la sesión la diputada rafaelina Gisel Mahmud, autora del proyecto que tuvo origen en la Cámara de Diputados. "Este proyecto hace justicia", afirmó la diputada socialista nacida en Rafaela, que acompañó a la presidenta del Colegio de Profesionales de la Abogacía de Santa Fe, Balbina Cavalieri.

El presidente provisional del Senado, Felipe Michlig, calificó la sanción como “un acto de estricta justicia” y sostuvo que permitirá poner “en un pie de igualdad a todos los abogados”.

Con la nueva legislación, los profesionales del derecho que deban atravesar situaciones personales o familiares previstas en la norma contarán con un mecanismo formal para solicitar una interrupción de su actividad procesal, sin quedar expuestos a los vencimientos y obligaciones propias de los expedientes en los que intervienen.

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