La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación informa que se derogó la Resolución 68/2007 y sus modificatorias, que establecía el peso mínimo de faena para bovinos.
Desde 2007, distintas normativas intentaron intervenir en la dinámica del mercado de ganados y carnes mediante la imposición de un peso mínimo de faena, con sus últimas modificaciones en 2018 y 2019, fijando un piso de 140 kg res para hembras y 165 kg res para machos. Sin embargo, la experiencia de casi dos décadas ha evidenciado que tales restricciones no han logrado mejorar de manera sostenida la productividad ni la calidad.
Los datos históricos muestran que el peso medio de faena presenta importantes oscilaciones desde 1998, derivadas principalmente de factores climáticos, condiciones del mercado, restricciones a las exportaciones, y precios relativos, más que del cumplimiento de la normativa sobre peso mínimo. Además, la evidencia internacional indica que países sin este tipo de regulaciones han alcanzado pesos promedio significativamente superiores, confirmando que la eficiencia productiva no depende de este tipo de intervenciones.
Se trata de un paso clave hacia un esquema más racional y moderno, en el que el Estado no imponga restricciones innecesarias, sino que acompañe al sector en su camino hacia una mayor competitividad y desarrollo.
Esta medida responde a la necesidad de eliminar regulaciones que, lejos de contribuir al desarrollo del sector, demostraron ser ineficientes y contraproducentes.
“LA EFICIENCIA NO DEPENDE DE INTERVENCIONES”
En un comunicado posterior a la publicación de la resolución, la Secretaría de Agricultura justificó su decisión en que “la experiencia de casi dos décadas ha evidenciado que tales restricciones no han logrado mejorar de manera sostenida la productividad ni la calidad”.
“Los datos históricos muestran que el peso medio de faena presenta importantes oscilaciones desde 1998, derivadas principalmente de factores climáticos, condiciones del mercado, restricciones a las exportaciones, y precios relativos, más que del cumplimiento de la normativa sobre peso mínimo”, repasó.
Además, puntualizó que “la evidencia internacional indica que países sin este tipo de regulaciones han alcanzado pesos promedio significativamente superiores, confirmando que la eficiencia productiva no depende de este tipo de intervenciones”.
Así, “se trata de un paso clave hacia un esquema más racional y moderno, en el que el Estado no imponga restricciones innecesarias, sino que acompañe al sector en su camino hacia una mayor competitividad y desarrollo”, continuó.
Y completó: “Esta medida responde a la necesidad de eliminar regulaciones que, lejos de contribuir al desarrollo del sector, demostraron ser ineficientes y contraproducentes para la producción ganadera. Así también, busca dinamizar la economía y liberar el potencial de los sectores productivos del país, eliminando trabas burocráticas y promoviendo un entorno propicio para la inversión, el empleo y la innovación”.
LA HISTORIA DE LAS REGULACIONES
En los considerandos, Agricultura menciona que todo comenzó en 2007, con la resolución N° 68 del 28 de diciembre de ese año, a través de la cual se dispusieron regulaciones relativas al peso mínimo de faena de animales bovinos, fijándose en su Artículo 1° un umbral mínimo por media res para las categorías novillitos y vaquillonas.
En tanto, esa misma normativa estableció en su Artículo 3° un régimen sancionatorio aplicable a la comercialización con destino a faena, así como a la faena comercial de animales de las categorías mamones y terneros (machos y hembras) cuyo peso de res con hueso lograda fuera inferior al allí establecido, previéndose escalas mínimas progresivas en el tiempo.
Luego, el 23 de marzo de 2010 se conoció otra nueva resolución por la cual el peso mínimo por media res quedó establecido en 99 kilogramos para las categorías novillitos y vaquillonas, y dispuso sanciones para la comercialización con destino a faena o la faena comercial de animales bovinos de las categorías mamones y terneros (machos y hembras) cuyo peso de res con hueso lograda fuera inferior a 165 kilos.
Pasó casi una década para que estos valores se modificaran: el 1° de marzo de 2019, se modificaron los artículos 3° y 4° de la resolución inicial -la de 2007-, imponiendo pesos mínimos diferenciados según el sexo de los animales, fijando 165 kilos para machos y 140 para hembras, e incorporando excepciones vinculadas a razones sanitarias o nutricionales y al destino comercial de los animales.
LOS FUNDAMENTOS DE LA DESREGULACIÓN
Bajo este panorama, para justificar su decisión de eliminar estos pesos mínimos, el Gobierno recordó los postulados del Decreto de Necesidad y Urgencia DNU N° 70 del 20 de diciembre de 2023, que en general es la base sobre la que se apoyan todas las desregulaciones en las que va avanzando el Estado.
Considera que estas regulaciones “respondieron a una lógica de creciente intervención estatal en decisiones propias del ámbito privado, limitando el desenvolvimiento natural del mercado y distorsionando los incentivos económicos de los actores involucrados”.