Por Silvia Rajcher
El Gobierno giró este jueves al Congreso Nacional un proyecto de reforma laboral que modifica las principales leyes del derecho del trabajo, que el oficialismo quiere tratar en forma exprés en el Senado, aunque para eso deberá construir una mayoría junto a sus aliados.
El objetivo de la bancada de la Libertad Avanza, que preside Patricia Bullrich, era tratar hoy ese proyecto, pero ayer debió demorar la apertura del debate hasta el martes, por lo cual recién podrá tratar esa iniciativa cerca de fin de año.
Bullrich se planteó y pidió que envíen ese proyecto al Senado ya que tomó su sanción como un desafío personal, ya que desde hace décadas tiene un fuerte enfrentamiento con sectores sindicales, en especial con Hugo Moyano.
Fuentes legislativas informaron a la Agencia Noticias Argentinas que ahora el objetivo es poder comenzar a armar las mayorías para tener los 37 votos que permitan aprobar esa iniciativa, que establece sustanciales modificaciones en las leyes de Contrato de Trabajo, el régimen de asociaciones sindicales y el sistema de negociación colectiva.
El oficialismo tiene 21 miembros entre propios y el Frente Cívico de Luis Juez y espera sumar 4 del PRO, 10 de la UCR; debe obtener al menos dos votos más de bloques provinciales.
Mientras eso sucede, el interbloque peronista de 28 diputados también busca conseguir otros siete legisladores para bloquear la reforma laboral, y buscará acuerdos con los legisladores de provincias del sur, debido al impacto que puede tener la caída de convenios en áreas petroleras, señalaron fuentes parlamentarias
El primer objetivo es armar la comisión de Trabajo y Previsión Social con una mayoría entre propios y aliados que le permitan poder tener un dictamen de mayoría, lo que no sucederá antes del martes, ya que ese día, la vicepresidenta Victoria Villarruel realizará una reunión con jefes de bloques para la conformación de esos organismos asesores.
El Presidente Javier Milei, recién aterrizado en Buenos Aires, firmó el proyecto de Modernización Laboral que el Gobierno enviará al Congreso, acompañado por su Jefe de Gabinete, Manuel Adorni. pic.twitter.com/QrGb9om6wD
— Oficina del Presidente (@OPRArgentina) December 11, 2025
El proyecto contempla la caída de los convenios por ultraactividad, el cambio en vacaciones, indemnizaciones, limita las asambleas, impone severas sanciones a los gremios que tomen o bloqueen empresas, y establece un mecanismo para el pago de cuotas sindicales, que será rechazado de plano por los gremios.
Otro punto del debate serán los temas impositivos que se incluyen ya que varios legisladores, como Carolina Moisés, señalaron que no puede ser tratado por el Senado sino que debe ingresar por Diputados, con lo cual no se descarta que se elimina esa parte e ingresen esos capítulos por diputados, señalaron voceros parlamentarios.
Los detalles del proyecto
Entre las medidas más significativas se destaca la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema de cuentas individuales financiado con una contribución obligatoria del 3% de las remuneraciones que podrá utilizarse para cubrir indemnizaciones por despido.
La reforma propone una reorganización del régimen de vacaciones con mayor flexibilidad para empresas y trabajadores. Establece que el período anual deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque las partes podrán pactar fechas diferentes. Se introduce la posibilidad de fraccionar las vacaciones en tramos nunca inferiores a siete días y se garantiza que cada trabajador pueda disfrutar vacaciones en verano al menos una vez cada tres años. También se regula el procedimiento en caso de interrupción por enfermedad, obligando a reprogramar los días pendientes.
El proyecto también deroga íntegramente varias leyes especiales, entre ellas el Estatuto del Periodista Profesional (Ley 12.908), el Estatuto del Viajante (Ley 14.546) y el Régimen de Teletrabajo (Ley 27.555), sancionado durante la pandemia.
Otro punto clave que las empresas no serán responsables de las actividades que se tercerizan como sucede en la actualidad, con lo cual solo deberán responder por los empleados que contratan en forma directa.
Sobre las indemnizaciones, se redefine el despido sin justa causa ya que se establece un mes de sueldo por año trabajado, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual, con topes basados en el convenio aplicable, pero sin incluir otros ítem adicionales que paguen las empresas. Además habilita a empleadores a constituir fondos de cese laboral para solventar dicha indemnización, y reafirma que esta compensación es la única reparación posible, excluyendo reclamos civiles paralelos. Se ajusta el régimen de preaviso y se mantienen las indemnizaciones especiales para supuestos de enfermedad, accidente o muerte del trabajador.
Asimismo, el texto amplía la definición de conceptos remunerativos y no remunerativos. Los llamados beneficios sociales —comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares, cursos, etc.— se consolidan como no remunerativos, sin aportes ni contribuciones. Se habilita la creación de componentes remunerativos dinámicos (fijos o variables) por negociación colectiva o decisión unilateral, los cuales no generan derechos adquiridos: no aplican ultraactividad ni continuidad tácita. Además se exige que todo salario en dinero sea abonado por acreditación bancaria o medios electrónicos, y se actualiza el régimen de recibos y deducciones.
También se crea un régimen especial para trabajadores de plataformas tecnológicas que los define como "prestadores independientes" con libertad para aceptar o rechazar pedidos y elegir sus horarios de conexión.
El proyecto incluye además incentivos fiscales para la formalización del empleo, con alícuotas reducidas durante 48 meses para quienes incorporen trabajadores no registrados, y un régimen de regularización laboral con condonación de deudas y extinción de acciones penales. (NA)